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EL ERROR DE HECHO EN LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS: ANALISIS EN EL SECTOR URBANISTICO.
Autor: CALACHI VAVRINOVA YOHANA. Año: 1999. Universidad: COMPLUTENSE DE MADRID. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO UCM.
Resumen: La Tesis Doctoral trata de delimitar
conceptualmente el error de hecho susceptible de ser rectificado en virtud de la ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y procedimientos Adminsitrativo Común.
Incardinado dentro de la teoría general del acto adminsitrativo, el trabajo enfoca la investigación al específico campo del urbanismo. Definimos los errores materiales en el sector ubanístico y los procedimientos que se utilizan para su
rectificación. EL ESTADO Y EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL . Autor: RECA CALVO RICARDO. Año: 1999. Universidad: COMPLUTENSE DE
MADRID. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: El tema de la tesis trata sobre el
Estado y el Ordenamiento Territorial con la finalidad de considerar el papel que le cabe a éste en el proceso de Urbanización, desde los presupuestos institucionales, socio-económicos y culturales de la República Argentina.
El trabajo de tesis se divide en cuatro partes. En la primera se efectúa el diseño del "Marco reflexivo" en el que se inserta la cuestión a desarrollar, en el que se trata de las características actuales del Estado, la génesis del fenómeno
urbano y una consideración de las distintas técnicas utilizadas en la evolución del proceso urbano. La segunda parte estudia las razones que fundamentan el papel del Estado en el ordenamiento territorial. La parte tercera se refiere al caso de la
República Argentina y al de la Provincia de buenos Aires en particular. Y finalmente, la parte cuarta se dedica en particular al estudio del Área Metropolitana, con especial referencia a los problemas planteados en el Área Metropolitana, de Buenos
Aires.
LA PROVOCACION EN EL ESTADO DE NECESIDAD . Autor: ROPERO CARRASCO JULIA. Año: 1999. Universidad: COMPLUTENSE DE
MADRID. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: FACULTA DE DERECHO. UNVI. COMPLUTENSE.
Resumen: En la tesis Doctoral
presentada se lleva a cabo un estudio sobre el tratamiento jurídico penal de la provocación de las situaciones de necesidad.
En la práctica se ha constatado que en ocasiones es el propio sujeto el que con un comportameinto precedente genera la situación de conflicto entre intereses jurídicos en la que después se ve envuelto y en la que, para conjurar un peligro o para
cumplir con un deber, no le queda más remedio que lesionar uninterés jurídico ajeno o infrigir un deber.
Como esta situación es la que jermite la aplicación de la eximente de estado de necesidad, el problema jurídico que se plantea es el de si la jprovocación ha de tener algún tipo de relevancia jurídico penal, ya sea en relación con la apreciación
de la eximente o ya sea preferida a otro tipo de efectos que deban ser determinados.
Para responder a esta cuestión, la investigación se divide en dos partes. En la primera parte se somete a exámen la solución ofrecida por nuestro código penal al problema de la provocación: el art. 20. 5º del CP establece que en casod e
provocación intencionada no procede la aplicación del estado de necesidad. La conclusión obtenida en esta primera parte es que esta regulación no resulta satisfactoria, pues no se explica cómo puede influir la provocación en la valoraciónd e la
acción de necesidad.
Por ello, de lege ferenda se propone la modificación de la fórmula legal, mientras que de lege lata se sugiere una interpretación restrictiva. En la segunda parte de la investigación se indaga en la búsqueda de una solución para todos los casos
de provocación (incluida la imprudente, de mayor relevancia práctica que la intencionada), que trasciende la insatisfactoria regulación legal.
Con este objetivo se revisan las soluciones propuestas por la jurisprudencia, la doctrina y por otros códigos penales de nuestro entorno. Finalmente, se propone una soluciónpropia: la provocación no ha de impedir la aplicación del estado de
necesidad, pero puede fundamentar la responsabilidad por el resultado. "LA REFORMA DEL REGIMEN JURIDICO DEL PERSONAL ESTATUTARIO DE LOS SERVICIOS DE SALUD: ESTATUTO
MARCO." . Autor: CALVO SANCHEZ M. DOLORES. Año: 1999. Universidad: SALAMANCA. Centro de lectura: DERECHO
. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: El trabajo de
investigación, Tesis Doctoral, aborda un estudio exegético y sistemático del régimen jurídico y ordenación del personal estatutario vinculado a los servicios de salud durante todo el ciclo de su carrera profesional así como las respuesta a las
contingencias que a lo largo de la misma pueden llegar a acontecer.
Dicho estudio, asentado sobre los principales construcciones doctrinales elaboradas en relación al personal que presta sus servicios en el sector público, se acompaña de una serie de importantes consideraciones y propuestas que tratan de
optimizar la ordenación y planificación de los recursos humanos en el sector sanitario, además de soluciones a algunos de los más importantes problemas relativos a la gestión de estos recursos.
De forma más precisa, el estudio realizado responde, básicamente, a la siguiente estructura:
-Ordenación del Personal Estatutario de los Servicios de Salud
-Acceso y Condición del Puesto de Trabajo.
-Derechos y Deberes del Personal Estatutario.
-Otros Derechos Individuales y Situaciones del Trabajador Estatutario
-Regulación de la Materia Disciplinaria Incompatibilidades.
-Situaciones Especiales.
-Conclusiones.
El trabajo se completa finalmente con un destacable listado bibliográfico sobre la materia objeto de estudio, y un apunte jurisprudencial referenciando los pronunciamientos judiciales más relevantes sobre dicho ámbito. EL CONTRATO ADMINISTRATIVO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA . Autor: GONZALEZ IGLESIAS MIGUEL ANGEL. Año: 1999. Universidad: SALAMANCA. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización:
FACULTAD DE DERECHO SALAMANCA.
Resumen: La tesis aborda el régimen
jurídico del contrato de consultoría y asistencia, nuevo tipo incorporado por la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas junto a los tradicionales contratos administrativos, reconociendo así la importancia que estos contratos de
consultaría dominados por la prestaciones de carácter intelectual han adquirido para la contratación pública actual.
El trabajo de investigación realizado se estructura en tres grandes capítulos. A saber:
1.-Concepto de contrato administrativo.
2.-Normativa comunitaria sobre contratos públicos de servicios.
3.-Régimen jurídico del contrato. Capítulo en el que se hace un importante estudio histórico al tipo de contrato objeto de análisis.
El trabajo se completa con una relevante sistematización de fuentes doctrinales y jurisprudenciales sobre la materia.
PALABRAS CLAVE:Administraciones Públicas; Contratos Administrativos; Consultoría y Asistencia.
ADMINISTRACION Y RAMA SOCIAL DEL DERECHO. (LA INTERVENCION ADMINISTRATIVA Y SU INCIDENCIA EN LA
DELIMITACION DE LOS ORDENES JURISDICCIONALES CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Y SOCIAL). Autor: LOPEZ-TAMES IGLESIAS RUBEN. Año: 1999. Universidad: CANTABRIA. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: La tesis doctoral analiza
uno de los más clásicos problemas que plantea la delimitación entre los órdenes jurisdiccionales: la grontera entre el contencioso adminsitrativo y el social. Existe todavía, motivado por el factor heteronómico que supone la intervención del estado
en las relaciones laborales, una "zona de intersección", "zona gris" que se halla en la misma confuencia del Derecho adminsitrativo y el Derecho laboral. Se le ha denominado metafóricamente de muy diversas formas por la doctrina y supone una fuente
permanente de litigios. Nuestro sistema de distribución de competencias está construido sobre una resbaladiza línea divisoria, de manera que es frecuente encontrar el análisis de estas cuestiones desde sus dos riberas.
Trasciende, además, a la mera configuración de los órdenes jurisdiccionales si lo que implícitamente se encuentra comprometido es la misma relaciónde Poderes del Estado, de los jurisdiccionales y lo administrativo, cuya tensión se valora y
analiza desde un planteamiento histórico y también actual. Tras un planteamiento general del análisis del pasado, se aborda los problemas siguiendo la estructura de los tres primeros artículos de la Ley de Procedimiento Laboral. Finaliza con el
análisis de las insuficiencias de que adolece nuestro ordenamiento para evitar la contradicción (prejudicialidad, recurso de revisión y casación, salas de conflicto), que es, en realidad, el precio de un sistema de atribuciones compartidas y de la
independencia judicial.
Se trata de una obra que, siguiendo el testigo de Jurisdicción y Adminsitración de Trabajo publicada por el Profesor Montoya en 1970, analiza de forma extensa este tipo de cuestiones y lo hace desde una perspectiva postconstitucional.
LIMITES CONSTITUCIONALES DE LAS ADMINISTRACIONES INDEPENDIENTES . Autor: MAGIDE HERRERO MARIANO. Año: 1999. Universidad: VALLADOLID. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: El objetivo fundamental de la tesis
doctoral es la determinación de los límites que la Constitucion española de 1978 impone a las Administraciones independientes, organizaciones que se caracterizan por su protección legal frente a la influencia de Goberno, cuando, precisamente, el
art.97 de la constitución atribuye a aquél la dirección de la Administración civil y militar del Estado. Como paso previo al establecimiento de los citados limites, en la tesis se realiza una detallada caracterización de la categoría de las
Administraciones independientes y un examen de las organizaciones administrativas existentes en nuestro Derecho que responden a los rasgos propios de esta institución. LA INTERVENCION ADMINISTRATIVA EN LA AUTORIZACIÓN DE INSTALACIONES NUCLEARES: SU REGIMEN JURIDICO Y
EL CONFLICTO JURISDICCIONAL . Autor: BARCELO BARCELO ADOLF. Año: 1999. Universidad: AUTONOMA DE BARCELONA. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: UNIVERSITAT AUTONOMA BARCELONA.
Resumen: Esta tesis doctoral estudia la intervención administrativa en la autorización de instalaciones nucleares, y, especialmente, su régimen jurídico y los conflictos jurisdiccionales en la materia. Su desarrollo se ha realizado en tres grandes
partes susceptibles de un análisis independiente, pero a la vez íntimamente ligadas.
En la primera parte se aborda la situación existente en los Estados Unidos, mediante un análisis de la legislación general en la meteria y un estudio más pormenorizado de sus aspectos competenciales y autorizatorios, con especial referencia a
los pronunciamientos judiciales de los Tribunales estadounidenses.
En la segunda parte se analiza el estado actual del objeto del estudio en España, contextualizando el marco normativo y competencial y realizando una serie de propuestas de, "lege ferenda", con la finalidad de paliar las importantes deficiencias
legales existentes.
Por último, en la tercera parte se estudianlas relaciones conflictivas, en el mámbito administrativo y jurisdiccional que han surgido entre el Estado y los municipios en la materia, especialmente, en los campos urbanísticos y
medio-ambiental. EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LA NORMALIZACIÓN TÉCNICA . Autor: MOLES PLAZA RAMON JORDI. Año: 1999. Universidad: AUTONOMA DE
BARCELONA. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: ESCOLA DE DOCTORAT I DE FORMACIÓ CONTINUADA.
Resumen: La tesis describe el régimen jurídico de
la normalización técnica en España constatando que en origen es ya una actividad de interés general tutelada por el poder público.
La primera parte estudia la definición características y tipología de las normas técnicas en tanto que objeto de regulación por parte del derecho.
La segunda parte se centra en una visión aplciada de la norma técnica a partir del estudio de las estructuras de normalización técnica en Europa.
La tercera parte del trabajo define el estatus juridico de la norma técnica, distinguiéndola de la reglamentación técnica obligatoria, de la "Ley Artis" y de las prescripciones técnicas ---.
El trabajo concluye que la norma técnica es un concepto disinto de los anteriores que es objeto de regulación por el derecho adminsitrativo y que no es ajeno a las técnicas --- del derecho público en lo que se refiere incluso a la contratación
pública.
La normalización técnica española gota de une status jurídico público en el seño del sitema de la calidad industrial previsto en la ley 21/1992, de 16 de Julio de industria, estatus que hunde sus raices, sin embargo, en el sistema anterior a la
citada ley. LA SEGURIDAD PRIVADA. RÉGIMEN JURÍDICO EN EL DERECHO PÚBLICO ESPAÑOL. Autor: SEGOVIA ARROYO JOSÉ ANTONIO. Año: 1999. Universidad: AUTONOMA DE MADRID. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA M..
Resumen: Hoy se aprecia un coprotagonismo entre
Estado y Sociedad en tareas que tradicionalmente ha ejercido el Poder Público en exclusiva, como sucede con la actividad privada de seguridad en relación con la función pública del mantenimiento de la seguridad.
La tesis doctoral analiza este fenómeno, tratando de cubrir un vacío en la bibliografía jurídica española.
El trabajo se divide en dos partes bien diferenciadas.
La primera analiza la imbricación de la Seguridad Privada en las funciones del Estado, las incidencias de esa actividad en los derechos fundamentales, determina los fundamentos jurídico-constitucionales en los que se asienta, y estudia la
distribución competencial entre el Estado y las CC.AA.
La segunda parte es une studio jurídico pormenorizado de la Ley 23/1992, de Seguridad Privada y su normativa reglamentaria: las empresas y el personal privado de seguridad.
El resultado es que la Seguridad Privada se configura en nuestro Derecho Público como una actividad privada de interés público articulada profesionalmente y en un marco organizativo estable, en el que destaca como rasgo principal un intenso
deber de colaboración con la Administración. Con ello los particualres coadyuvan en clave de complementariedad y subordinación en una función pública, representando un plus de protección respecto de la que de forma mínima e igual procura el Estado
para todos los ciudadanos a través de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad. OBRA PÚBLICA Y MEDIO AMBIENTE. EL ESTADO Y LA ADMINISTRACIÓN ANTE EL TERRITORIO.
Autor: BERMÚDEZ SÁNCHEZ JAVIER. Año: 1999. Universidad: AUTONOMA DE MADRID. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: Esta investigación tiene como objeto
articular la legislación de obras públicas con la de medioambiente, sistematizando el régimen jurídico ambiental de las obras públicas. Son numerosas las contradicciones existntes en ese régimen jurídico a consecuencia de la multiplicidad de
materias competenciales que en principio tienen como objeto determinar limitaciones ambientales en las obras públicas. En concreto, la Constitución Española ha relacionado diversas reglas para distribuir las competencias sobre obras públicas (regla
general establcida en el art. 149,1,24, reglas específicas de acuerdo con la meteria a la que sirven las obras: aeropuertos, puertos, ferrocarriles, aprovechamientos hidráulicos, carreteras, iluminación y señales marítimas), en las que, a su vez, y
de acuerdo con el art. 45,2 de la constitución, se ha de decidir sobre la ejecución de la obra teniendo encuenta las repercusiones ambientales. Por otra parte, la constitución ha establecido una regla competencial específica relativa al medio
ambiente (arts. 149,1,23 y 148,1,9). En virtud de estas reglas tanto el Estado como las Comunidades Autónomas han aprobado diferentes regulaciones de obras públicas y de medioambiente que prevén soluciones incompatibles ante el conflicto entre la
ejecucción de una obra públicas, en torno a tres partes, la primera sobre las obras públicas del Estado; la segunda sobre los preceptos confinalidad ambiental en la legislación de obras públicas; y la tercera sobre los preceptos aplicables a las
obras públicas en la legislación ambiental. DERECHO AMBIENTAL INTEGRADO: LA REGULACION DE LOS LODOS DE DEPURADORA Y DE SUS DESTINOS
. Autor: RUIZ DE APODACA ESPINOSA ANGEL M.. Año: 1999. Universidad: NAVARRA. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: Los lodos de depuradora
constituyen un inminente problema ambiental en el que confluyen dos de los subsistemas que conforman el sistema del Derecho ambiental: el sistema de aguas y el de residuos. En esta memoria se realiza una labor integradora de ambos sistemas y de las
diferentes normas procedentes de instancias comunitarias, estatales y autonómicas que los regulan.
La ejecución por todos y cada uno de los Estados miembros de la ambiciosa normativa comunitaria de saneamiento y depuración de aguas residuales urbanas esta en el origen del problema del lodo. A lo largo de la tesis se analiza esta regulacion,
su transposición a nuestro Ordenamiento y la forma en que las CCAA la han desarrollado. Analizada la regulación del origen del lodo, a continuación se tratan su encuadre dentro del sistema de residuos, su caracterización como residuo en sentido
juridico, las consecuencias derivadas de su variabilidad y la aplicación de los principios de la politica de residuos. La segunda parte de la tesis, versa sobre los destinos al lodo y su regulación encuadrada dentro de la general referida a los
modos de gestión de los residuos. La aplicación agricola y sus limitaciones desde una regulación directa e indirecta, la incineracion como forma de valoración y de eliminación, las consecuencias de su aprovechamiento energético como biomasa dentro
del regimen de las energias renovables y su destino a vertedero son los destinos permitidos que se analizan. De cada uno de ellos se analizan su regulación y las perspectivas de futuro como medio de gestión. Por último se tratan los destinos
prohibidos a estos residuos: el vertido al mar, a aguas continentales o los vertidos no autorizados en otros medios y las consecuencias de tal infracción.
En definitiva, se realiza una labor integradora de una profusa normativa ambiental de origen internacional, comunitaria, estatal y autonómica partiendo de un concreto problema planteado por el crecimiento exponencial a corto plazo de este tipo
de residuos. Una cuestion ambiental enmarcada en el ya habitual esquema Problema-Solucion-Nuevo problema, sobre el que el Derecho publico ambiental actua con una profusa regulación. "EL ESTATUTO JURIDICO-PUBLICO DE LOS BANCOS PUBLICOS POR RAZON DE SU SOMETIMIENTO AL MERCADO"
. Autor: SALVADOR ARMENDARIZ M. AMPARO. Año: 1999. Universidad: NAVARRA. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: Los bancos
públicos, objeto de esta investigación, son aquellas entidades que, previamente autorizadas, con habitualidad,animo de lucro y, adoptando necesariamente la forma de sociedad anónima, realizan actividades de intermediación en el crédito y, sobre las
cuáles, un poder público -estatal, autonómico o local-ejerce, directa o indirectamente, una influencia dominante.
En la medida en que el ámbito de actuación de los bancos públicos es el mercado bancario en competencia, estos se encuentran sometidos al principio de paridad de trato;principio expresamente formulado en el Derecho Comunitario -art.86.1 TRCE- e
implicitamente contenido en la Constitución Española.
El principio de paridad de trato es un principio de derecho publico, por cuanto que su destinatario es el poder público. Dicho principio obliga a los poderes públicos que ejercen su influencia dominante sobre un banco, a comportarse como lo
haría un inversor privado. En este sentido, quedan limitadas las posibilidades normativas así como el ejercicio de las potestades públicas de ordenación; están obligados a someterse al mismo régimen juridico que los bancos privados, incluidas las
normas de defensa de la competencia, en especial, el regimen relativo a las ayudas publicas y, en su cado, los poderes publicos habran de respetar las exigencias del principio de separación entre regulador y regulado. LOS CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS . Autor: MARTIN HUERTA PABLO. Año: 1999. Universidad: PONTIFICIA COMILLAS
. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: La tesis analiza el regimen
juridico de los convenios interadministrativos, es decir, los celebrados entre Administraciones y Entes Publicos sobre la base de una muestra considerable de los celebrados en los ultimos años en España. Comienza con una exposición de las razones
que han llevado a la proliferación de la utilización de este instrumento jurídico tanto en España como en otros paises de nuestro entorno. A partir de aquí indaga en los fundamentos y la naturaleza juridica del convenio interadministrativo,
encuadrado dentro del conjunto de instrumentos contractuales en sentido amplio de que dispone la Administracion publica para el cumplimiento de sus funciones, y al servicio del principio de colaboracion que preside las relaciones
interadministrativas.
Con estos presupuestos, la tesis analiza los diferentes aspectos de su regimen juridico: los sujetos parte en estas relaciones juridicas, las cuestiones que plantean algunos de ellos y los tipos más significativos; el objeto de los convenios,
con una clasificación atendiendo a este elemento y una descripción de los limites generales para su utilización; el contenido y los efectos de los convenios, con un analisis de la normativa de aplicación y en particular su relación con las normas
que regulan los contratos administrativos; las circunstancias que se producen durante la vida de un convenio, con un analisis de los problemas juridicos que se plantean desde su preparacion, nacimiento, seguimiento, hasta su extinción. Se completa
con un analisis de los mecanismos previstos para solucionar los conflictos que puedan surgir en torno a su cumplimiento y legalidad, como la mediación, arbitraje, la jurisdicción contencioso-administrativa y el Tribunal Constitucional.
RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL DE LA ADMINISTRACIÓN: RELACIÓN DE CAUSALIDAD E IMPUTACION DEL
DAÑO . Autor: GONZALEZ RAMOS CESAR. Año: 1999. Universidad: CARLOS III DE MADRID. Centro de lectura: CIENCIAS SOCIALES Y
JURIDICAS. Centro de realización: UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID.
Resumen: Se analiza la institución de
responsabilidad así como su riqueza tipológica y en su genérico ámbito de aplicación. Se define como aquel por el que se impone a un sujeto la obligación de reparar el daño causado sin que esta obligación derive de la existencia de una relación
jurídica obligacional previa que pueda existir entre el agente causal y la victima del daño.
Se hace un repaso histórico en el que se delinea la responsabilidad extracontractual de la Administración por el Derecho Publico Español del s. XIX; la validez de la culpa como criterio de imputación de daños a la organización impersonal
administrativa y una referencia comparativa al Derecho Publico Frances.
Tambien se analizan los elementos arquetípicos del articulo 121 LEF, fundamentalmente entorno al concepto de "la lesión juridica" para estudiar a continuación la relación de causalidad. EL CAMINO DE SANTIAGO COMO BIEN DE INTERES CULTURAL. Autor: BERMEJO LOPEZ M. BELEN. Año: 1999. Universidad: SANTIAGO DE
COMPOSTELA. Centro de lectura: DERECHO.
Resumen: El Camino de Santiago constituye un Bien
de Interés Cultural declarado como tal a partir de la legislación protectora del patrimonio histórico, y al que, por tanto, resulta de aplicación el régimen protector de los bienes culturales. A lo largo de la tesis doctoral se lleva a cabo un
estudio de los problemas que plantea la protección de un bien de las características del Camino de Santiago, así comode la apliación a éste de las categorías de protección propias de los bienes culturales. Por su parte, se realiza un análisis de la
naturaleza jurídica que corresponde a este bien como camino público y a la vez bien integrante del patrimonio histórico.
Asimismo, se dedica antención a los problemas derivados de la ordenación urbanística del Camino de Santiago, ya que uno de los instrumentos previstos por la legislación protectora del patrimonio histórico para la protección de los bienes de
naturaleza inmueble, es precisamente del planeamiento urbanístico.
Se aborda, asimismo el régimen competencial existente en matera de protección y promoción del Camino de Santiago, como bien que se ubica en el territorio de varias CC.AA. y sobre el que tienen competencia un gran número de Entes territoriales.
Dicha variedad de Entes plantea, por su parte, el problema de la coordinación y cooperación entre todos ellos, así como el de la elección de los mecanismos adecuados para llevar a cabo una protección uniforme del Camino de Santiago. Por último, se
abordan en la tesis las medidas de fomento, así como el régimen sancionador aplicable en materia de protección del Camino de Santiago, dedicanto el último de los capítulos a la realización de un estudio de Derecho comparado en el que se presta una
especial atención al Derecho austríaco. ANÁLISIS JURÍDICO DEL DOMINIO PÚBLICO MINERO. CRISIS DEL MODELO Y PROPUESTA DE REVISIÓN
. Autor: MOREU CARBONELL ELISA. Año: 1999. Universidad: ZARAGOZA. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: El propósito de la memoria ha sido
descubrir las lagunas del modelo tradicional de ordenación de las actividades extractivas y, a partir de allí, proponer un modelo alternativo.
El dominio público de las minas debe ser superado y sustituido por una reserva de la actividad al sector público, acudiendo a la previsión del artículo 128.2 de la constitución española.
Sólo así se conseguirá adaptar el régimen jurídico de las actividades extractivas en el Estado autonómico al sistema concesional, público y de concurrencia competitiva, eliminando derechos preexistentes, principalmente de la propiedad del
suelo. RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS VÍAS PECUARIAS. EN DEFENSA DE LA PLURIFUNCIONALIDAD GANADERA, AGRÍCOLA,
ECOLÓGICA, CULTURAL Y TURÍSTICA DE ESTOS BIENES DEMANIALES. Autor: HERRAÍZ SERRANO OLGA
. Año: 1999. Universidad: ZARAGOZA. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO DE ZARAGOZA.
Resumen: Aprovechando la circunstancia de que el
legislador estatal se decidiera a formalizar las bases a que habrán de sujetarse las Comunidades Autónomas en su política de gestión del entramado de vías pecuarias que surcan sus respectivos territorios, la presente Tesis Doctoral hace balance de
cuáles han sido las notas que caracterizaron la administración de estos bienes hasta la aprobación de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, a la par que postula las que deberían presidirla en el más inmediato futuro. Con origen nada menos que en el siglo
XIII, nuestras cañadas y todas sus ramificaciones secundarias habían venido siendo concebidas como espacios exclusivamente destinados al tránsito de los flujos ganaderos trashumantes o, todo lo más, desde 1974, como franjas abiertas al
desenvolvimiento de determinadas comunicaciones agrarias. Sin embargo, tras el texto normativo estatal promulgado en 1995 y complementado por las disposiciones autonómicas de desarrollo, dichos caminos se ofrecen para satisfacer la fuerte demanda
actual de un mayor número de lugares donde el ciudadano entre en contacto directo con la naturaleza, practique (sin riesgos añadidos) ciertos deportes al aire libre, conozca mejor el medio natural o disfrute durante sus estancias turísticas en las
zonas rurales. Es justamente esa apuesta decidida a favor de la plurifuncionalidad de nuestras vías pastoriles la que vertebra el presente trabajo de investigación, junto con la utilización instrumental del método histórico a fin de desentrañar las
claves que han ido jalonando la evolución jurídica de aquellos bienes demaniales.
Así, en el primer capítulo, se da cuenta de las distintas etapas que han enmarcado a lo largo de la historia el deterioro constante de este, en otro tiempo, rico patrimonio inmobiliario, sentando con ello las bases en que debe apoyarse el
jurista para tratar el extraer las consecuencias oportunas respecto de su naturaleza, titularidad, régimen de usos y de actividades o en cuanto al ejercicio de las potestades que el ordenamiento confiere para su defensa. A propósito de las dos
primeras cuestiones.
Objeto de reflexión en el segundo capítulo de la Tesis, se defiende que, hundiendo sus raíces en la Baja Edad Media, han convivido siempre dos realizades jurídicas disímiles encargadas de proporcionar infraestructuras camineras para el
desarrollo de la ganadería de largos desplazamientos a pie. Junto a la presencia de unas superficies lineales acotadas, de innegable titularidad pública y afectas además al uso indiscriminado por todos los ciudadanos, ha sido una constante en
nuestro país el reconocimiento de unos derechos reales limitandos que autorizaban a determinados ganados el cruce por fincas privadas, como remedio apra suplir las carencias de que las primeras superficies adolecían. Lo anterior equivale a reconocer
que han coexistido hasta nuestros días vías pastoriles de dominio público y servidumbres pecuarias, cada una de las cuales estaba y sigue estando llamada a satisfacer con desigual intensidad unas necesidades de tránsito. Se comprenderá entonces que
la jurisprudencia del Tribunal Supremo hay sostendio la existencia de dos conceptos correspondientes a la expresión vías pecuarias.
A los que, a lo largo del tercer capítulo del presente trabajo, se ha añadido incluso otro adicional. Naturalmente, se trata de la clasificación de los caminos pastoriles de uso público en dos grandes grupos, en atención a la funcionalidad con
la que sirven a los intereses generales, de manera que, mientras unos presentan una estructura física directamente dispuesta para los desplazamientos y la comunicación, otros se dicen afectos mediatamente a dicha ciruculación pecuaria, en tanto su
misión consiste en proporcionar reposo o abrevadero a los rebaños que se desplazan. La contraposición (meramente teleologíca se entiende) entre, por un lado, las cañadas, cabañeras, cordeles, veredas y demás caminos ganaderos en sentido estricto y,
por otro lado, los abrevaderos, descansaderos, balsas y majadas permtie subrayar, además, la subsunción de todos estos espacios dentro del denominado demanio artificial, frente a lo que sostiene algún parecer aislado en la doctrina insupublicista.
Sea como fuere, la Tesis postula por que, a la hora de consentir el desarrollo de los nuevos uso agrarios y recreativos sobre la superficie de las que podemos llamar autopistas de barro y hierba, los aprovechamientos que se pretendan sea valorados a
la luz del parámetro de la utilización racional de los recursos naturales. Este criterio, unido a un ejercicio diligente de sus potestades por parte de las Administraciones titulares (las Comunidades Autónomas).
En los términos propuestos en el cuarto y último capítulo del trabajo, se nos antoja el único revulsivo posible para dinamizar un porcentaje de nuestro territorio nacional, sobre el que pesan innumerables valores paisajísticos y
culturales. LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO LEGISLADOR. Autor: GALAN VIOQUE ROBERTO. Año: 1998. Universidad: SEVILLA
. Centro de lectura: DERECHO.
Resumen: La tesis doctoral presentada
por Roberto Galán Vioque aborda la delicada cuestión de la responsabilidad por actos legislativos. Después de estudiar las peculiaridades de los daños normativos y de comprobar el estado de la cuestión en la Unión Europea, en Francia y Alemania pasa
a analizar el alcance de la responsabilidad patrimonial por actos legislativos en el derecho español. Aquí aporta una novedosa construcción doctrinal que partiendo de la eficacia directa de las normas constitucionales y del derecho comunitario da
una solución factible, aunque arriesgada, de la vigencia de la responsabilidad del Estado legislador en nuestro ordenamiento. LA INVALIDEZ DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS LOCALES POR CAUSAS PRESUPUESTARIAS. Autor: MOLINA MARTINEZ EDUARDO. Año: 1998. Universidad: SEVILLA. Centro de lectura: DERECHO.
Resumen: La Tesis Doctoral que consta de 9
capítulos comienza con un exámen general de la invalidez de los actos administrativos, tomando como punto de partida la escasa virtualidad práctica de la distinción entre nulidad y anulabilidad.
En la segunda parte analiza la invalidez en la elaboración y ejecución del presupuesto de las entidades locales, sosteniendo la excepcionalidad de los supuestos de nulidad derivados del art. 60 TRLGP y de los que surgen de la infracción del
art. 154.5 LGT. En la tercera parte estudia la invalidez de los actos de gestión tributaria de las corporaciones locales (ordenanzas fiscales, tributos...) poniendo de relieve el distinto tratamiento jurídico que recibe la materia tributaria,
respecto al procedimiento administrativo en general.
Por último, la parte cuarta se dedica a las conclusiones de la investigación.
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