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DERECHO CONSTITUCIONAL, 9



514 tesis en 26 páginas: 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | 25 | 26
  • "LA LIBERTAD IDEOLÓGICA EN LA JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL (1980-1999)" .
    Autor: ROLLNERT LIERN GÖRAN.
    Año: 1999.
    Universidad: VALENCIA.
    Centro de lectura: DERECHO.
    Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
    Resumen: LA TESIS ABORDA, DESDE EL ANALISIS DE LA JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL, LOS DISTINTOS ASPECTOS DE SU PROBLEMÁTICA, COMENZANDO POR LA DISTINCION TERMINOLÓGICA ENTRE LA LIBERTAD IDEOLOGICA Y OTROS CONCEPTOS AFINES. SE ESTUDIA A CONTINUACION LA DELIMITACIÓN CONCEPTUAL DE ESTA LIBERTAD Y, EN PARTICULAR, SU RELACION CON LOS VALORES SUPERIORES DE LIBERTAD Y PLURALISMO POLITICO, LAS DOS DIMENSIONES -INTERNA Y EXTERNA- PRESENTES EN LA MISMA. Y EL CONTENIDO DEL DERECHO CON ESPECIAL REFERENCIA A LA POSICIÓN JURÍDICA DEL ESTADO. LAS DIVERSAS MANIFESTACIONES EXTERNAS DE LA LIBERTAD IDEOLÓGICA (LIBERTADES DE EXPRESIÓN,INFORMACIÓN, REUNIÓN, ASOCIACIÓN, EDUCATIVAS, OBJECION DE CONCIENCIA, ETC). SON OBJETO DE ANALISIS DETALLADO PARA ESTUDIAR, EN EL ULTIMO CAPITULO, EL LÍMITE DEL ORDEN PÚBLICO ESTABLECIDO POR LA CONTITUCIÓN COMO UNICO LIMITE DE LA LIBERTAD IDEOLÓGICA. EN LA CONCLUSION FINAL SE REFLEJA LA FALTA DE PRECISION DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN LA DETERMINACION DE ESTE LIMITE Y SE PROPONE UNA CONCEPCION AMPLIA DEL MISMO SEGÚN LA CUAL ACTUARIA NO COMO LIMITE, SI NO COMO "LIMITE DE LOS LIMITES" APLICABLES A LA LIBERTAD IDEOLOGICA.
  • "EL ORDEN PUBLICO COMO LIMITE AL EJERCICIO DE LOS DERECHOS Y LIBERTADES" .
    Autor: BARTOLOME CENZANO JOSE CARLOS DE.
    Año: 1999.
    Universidad: VALENCIA.
    Centro de lectura: DERECHO.
    Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO DE VALENCIA.
    Resumen: El orden público, desde su "importación" de la Constitucion francesa de 1791 a la Constitución española de 1812 se ha configurado como un concepto esencialmente contingente debido a su caractr ambiguo y multivoco. Ha servido como una autentica correa de transmision entre el antiguo regimen y las monarquias contitucionales que surgen despues de la Revolucion Francesa. Además su función ha consistido fundamentalmente en limitar derechos políticos y libertades publicas sin más justificación que la invocación de este concepto. Mi tesis doctoral pretende ante todo dilucidar el sentido actual de la noción de orden público y sistematizar los elementos jurídicos objetivos que deben regir su correcta interpretación y aplicación. El metodo propuesto para esta labor hermecreutica es el clasico de SAVIGNY; y esencialmente la estructura de la tesis coincide con sus elementos constitutivos; el literal, el historico, el sistematico, el contextual y el sociologico. Las conclusiones fundamentales de mi tesis doctoral son las siguientes: 1º Que el orden publico es un concepto juridico-constitucional 2º Que su transgresión conllevará la de algún precepto legal 3º Que su aplicación requiere una fundamentación jurídica 4º Ademas es necesaria la ponderacion y proporcionalidad entre la medida restrictiva y la finalidad que se persigue contitucionalmente.
  • EL DERECHO DE ENMIENDA EN LOS PROCEDIMIENTOS LEGISLATIVOS DE LAS CORTES GENERALES .
    Autor: REDONDO GARCIA ANA M. CARMEN.
    Año: 1999.
    Universidad: VALLADOLID.
    Centro de lectura: DERECHO.
    Resumen: La tesis consta de dos partes. En la primera se analiza el instrumento parlamentario que la enmienda . Para ello se parte del conocimiento de la normativa, y la praxis parlamentaria histórica para ir aproximando el estudio sistematico de la fase central del procedimiento legislativo que comienza con la apertura del plazo de presentacion de enmiendas y concluye con la votacion de las mismas. En esta primera parte se analiza la naturaleza juridica y los limites de la enmienda, haciendo especial referencia a las enmiendas del contenido económico y a las limitaciones fue incorporar el procedimiento presupuestario. En la segunda parte, se procede al estudio del derecho de enmienda como concrecióndel "ius in officium". Para ello se analiza la jurisprudencia del tribunal constitucional y la doctrina tanto española como extranjera al respecto.
  • EL PROCESO DE SECULARIZACIÓN EN LA PROTECCIÓN PENAL DE LA LIBERTAD DE CONCIENCIA.
    Autor: SANTAMARIA LAMBAS FERNANDO.
    Año: 1999.
    Universidad: VALLADOLID.
    Centro de lectura: DERECHO.
    Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
    Resumen: La tesis "El proceso de secularización en la protección penal de la libertad de conciencia", tiene como objetivo estudiar la evolución durante los siglos XIX y XX en los Códigos penales españoles, de la protección otorgada a la libertad de conciencia, para comprobar que camino se ha seguido hasta llegar a una situación respetuosa con la laicidad, y satisfactoria con la secularización del Estado, lograda tras el Código penal de 1995. Para ello, se han estudiado los diversos Códigos penales, atendiendo a su coherencia o no, con los respectivos periodos constitucionales en los que se enmarcan, dividiendo los diversos textos penales entre conservadores y progresistas. Las conclusiones obtenidas giran en torno a una serie de binómios que responden también al propio desarrollo de la tesis: el binomio tolerancia-intolerancia; sacralización-desacralización; moral religiosa-ética civil; y humanización-deshumanización de las penas y de la apreciación del delito.
  • TEORIA GENERAL Y REGIMEN JURIDICO DE LAS INCOMPATIBILIDADES PARLAMENTARIAS EN ESPAÑA .
    Autor: DURAN ALBA JUAN FERNANDO.
    Año: 1999.
    Universidad: VALLADOLID.
    Centro de lectura: DERECHO.
    Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO DE VALLADOLID.
    Resumen: EL TRABAJO SE DIVIDE EN DOS APARTADOS PRINCIPALES. EN EL PRIMERO, SE TRATA DE ELABORAR UNA TEORIA GENERAL DE LA INCOMPATIBILIDAD PARLAMENTARIA. PARA ELLO, SE ANALIZAN LOS DISTINTOS ELEMENTOS QUE CONFORMAN LA ESTRUCTURA DE LA NOCIÓN"INCOMPATIBILIDAD": EL ELEMENTO "PROHIBICION", LA FACULTAD DE OPTAR ENTRE SITUACIONES INCONCILIABLES, LA DIMENSION TEMPORAL DE LA INCOMPATIBLIDAD Y LOS EFECTOS LIGADOS A LA MISMA. ADEMAS, SE PRESTA ESPECIAL ATENCION A LA NATURALEZA JURIDICA DE LA INSTITUCION Y A SU DIMENSION FUNCIONAL. UNA PERSPECTIVA COMPARADA E HISTORIA SOBRE ESTA ULTIMA PERMITE COMPROBAR LA PROGRESIVA AMPLIACIÓN DE LOS CONTORNOS FUNCIONALES DE LA INCOMPATIBILIDAD, DESDE LOS COMIENZOS DEL ESTADO LIBERAL, HASTA LA ACTUALIDAD, DONDE ESTA INSTITUCION SE ENCUENTRA AL SERVICIO DE LA PROFESIONALIZACION DEL MANDATO PARLAMENTARIO. DEBE SEÑALARSE QUE EL ESTUDIO DE LOS PROCEDIMIENTOS PARLAMENTARIOS DESTINADOS AL CONTROL Y A LA EVENTUAL DECLARACION DE INCOMPATIBILIDAD SE HA REALIZADO AL HILO DEL ANALISIS DE LOS ELEMENTOS ESTRUCTURALES DE ESTA. DEL MISMO MODO DADA LA CONVERGENCIA,EN EL DERECHO ESPAÑOL, DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y DE LAS INCOMPATIBILIDADES(CONEXIÓN ENTRE EL ART.70.1 CEY EL 23 CE), EN ANALISIS DEL RECURSO DE AMPARO PREVISTO EN EL ART. 42 LOTC,EN ESTA MATERIA, FORMA PARTE DEL APARTADO DEDICADO A LA NATURALEZA JURIDICA DE LA INCOMPATIBILIDAD. UNA SEGUNDA PARTE DEL TRABAJO SE DEDICA AL ESTUDIO DE LAS CAUSAS DE INCOMPATIBILIDAD PREVISTAS POR EL CONSTITUYENTE Y POR EL LEGISLADOR DE DESARROLLO. CAUSAS DE INCOMPATIBILIDAD, QUE AUNQUE DE FORMA PRINCIPAL, HAN SIDO ANALIZADAS EN RELACIÓN CON DIPUTADOS Y SENADORES, TAMBIEN SE LES HA PRESTADO ATENCIÓN EN EL AMBITO DE LAS ASAMBLEAS LEGISLATIVAS DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS. PARA ESTRUCTURAR DICHO APARTADO SE HA ATENDIDO AL SECTOR EN EL QUE INCIDEN ESTE TIPO DE TACHAS. ASI, SE ESTUDIAN LAS INCOMPATIBLIDADES ATINENTES A LOS TITULARES DE LOS ÓRGANOS CONSTITUCIONALES Y DE RELEVANCIA CONSTITUCIONAL, ASI COMO LAS REFERIDAS AL SECTOR PUBLICO EN GENERAL, YA PRACTICAMENTE DECLARADO INCOMPATIBLE EN SU TOTALIDAD CON LA LEY ELECTORAL DEL AÑO 1985. POR ULTIMO, SE PRESTA ATENCIÓN AL SISTEMA DE INCOMPATIBILIDADES PRIVADAS, AMPLIAMENTE REFORZADO TRAS LA REFORMA DE LA LEY ELECTORAL OPERADA EN 1991.
  • EL PRECEDENTE CONSTITUCIONAL EN EL SISTEMA JUDICIAL NORTEAMERICANO .
    Autor: MAGÁLONI KERPEL ANA LAURA.
    Año: 1999.
    Universidad: AUTONOMA DE MADRID.
    Centro de lectura: DERECHO.
    Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO - UAM.
    Resumen: El objeto central del trabajo de investigación es analizar el valor de preceente de las decisiones consitucionales del Tribunal Supremo de los Estados Unidos. Esto es, trata de explicar cómo opera, en la práctica judicial, el principio de stare decisis enl a jurisdicción constitucional Norteamericana. Sin embargo, dado el carácter central que tiene el que hacer jurisdiccional en la creación de derecho en ese país, las conclusiones derivadas del estudio del sistema de precedentes constitucionales se hacen extensivas al sistema de case law Norteamericano en su totalidad. En este sentido, las considerciones centrales de la tesis sirven para explicar el paradigma jurídico en este país. La idea central del trabajo plantea la necesidad de analizar la fuerza vinculante del precedente a partir del carácter dinámico del mismo: las reglas que integran el case law se transforman en el curso de los procesos judiciales para adaptar su contenido a la dinámica realidad social.El estudio, por tanto, analiza la forma en la forma dinámica en que opera los precedentes constitucionales del Tribunal Supremo.
  • PENSAMIENTO DIDACTICO EN EL PROCESO CONSTITUCIONAL IBEROAMERICANO: UNA PROPUESTA COMPARATIVA.
    Autor: CORREA LOPEZ JOSEFA.
    Año: 1999.
    Universidad: MURCIA.
    Centro de lectura: CIENCIAS DE LA EDUCACION.
    Resumen: Un análisis linguístico comparado de los veinte textos constitucionales iberoamericanos vigentes hasta el año 1992, unido al referente histórico constitucional español desde la Constitución de 1812 hasta la actualidad es el objeto de este estudio en el que se conjugan una fundamentación filosófica y linguística impecable y un discurso pedagógico-didáctico sólidamente fundamentado además en una lematización integrada del léxico constitucional del que se desprenden las siguientes conclusiones: 1. El didactismo es inherente a cualquier texto, que, en ciero modo, se configura como facilitar el intercambio intersubjetivo. 2. El didactismo que postulamos para cualquier texto, debe ser entendido como especialmente operativo en los textos no espontáneos o textos elaborados. 3. En el caso de los textos constitucionales, podemos mantener, según lo expuesto, que el pensamiento didáctico es marcadamente relevante, tanto en lo concerniente a las microestructuras como en sus macroestructuras locales -propias de los artículos o capítulos- como en la macroestructura global o configuradora de un texto jurídico-constitucional. 4. Los límites temporales de la modalidad de legitimación legal constitucional se confunden con los del mantenimiento de la voluntad organizativa del territorio, tiempo ucrónico, de modo que los enunciados descriptivos, estáticos en torno al ser y dinámicos en torno al hacer, y los prescriptivos, en cualquiera de las modalidades realizativo-performativas, no se contemplan desde otro anclaje temporal que el de la Constitución misma, que instrumenta el parecer semiótico de la lengua común para acceder al ser semiótico-constitucional, condicionado por el permanente e intemporal acatamiento de la colectividad, correlativo al momento, unitario o ucrónico también, de la enunciación jurídico-constitucional de la voluntad política de la suprema autoridad de los legítimos representantes de un Pueblo. 5. En una Constitución se produce una voluntaria paralización del tiempo, puesto que la voluntad constitucional no estriba en la narración de eventos, sino en la organización de los mismos en un sentido prospectivo; donde el decir constitucional modaliza el ser, que, a su vez, condiciona y legitima el hacer, en cualquiera de sus modalidades, de hacer hacer o de hacer ser. El decir constitucional no es un puro decir, sin transcendencia alguna performativa, sino que deviene una garantía del ser y del hacer de los ciudadanos, sea cual sea la fórmula verbal de la lengua común empleada.#
  • LA FINANCIACION DE LOS PARTIDOS: UN ESTUDIO COMPARADO.
    Autor: GUTIERREZ RIVAS RODRIGO.
    Año: 1999.
    Universidad: COMPLUTENSE DE MADRID.
    Centro de lectura: DERECHO.
    Resumen: La tesis doctoral, aborda el problema de la financiación de los partidos políticos como uno de los temas centrales de la reflexión en torno a la democracia representativa y como el instrumento fundamental de sometimiento de las maquinarias partidistas a una competencia electoral equitativa. En este sentido, se analizan las diferentes estrategias de financiación -públicas y privadas-, considerando sus efectos, posibilidades de puesta en práctica y métodos de control y fiscalización. La perspectiva comparada ha permitido tomar conciencia de cómo el problema de la financiación de los partidos se sitúa, en diferentes países, como una manifestación más de la crisis del estado social y el triunfo de políticas neoliberales, con el resultado de una sustración progresiva de los partidos políticos a los instrumentos de control públicos, característicos de la citada fase. Igualmente, ha revelado la necesidad de reconsiderar a la financiación pública como mecanismo de igualación de oportunidades democráticas y de exclusión de influencia por parte de los grandes poder privados.#
  • LOS SISTEMAS DE COMISIONES PARLAMENTARIAS.
    Autor: VILA RAMOS BEATRIZ.
    Año: 1999.
    Universidad: COMPLUTENSE DE MADRID.
    Centro de lectura: DERECHO.
    Resumen: La tesis que presentamos realiza un estudio completo y actualizado del sistema de comisiones parlamentarias. Parte de un análisis empírico del concepto de comisión; estudia luego las comisiones en los países que son modelo de Reglamentos parlamentarios (GB, USA, Francia). Efectúa después un análisis de nuestra historia constitucional y termina examinando nuestro sistema vigente.#
  • ANÁLISIS DEL DERECHO DE LIBERTAD RELIGIOSA Y DEL ALCANCE DE SU PROTECCIÓN EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL.
    Autor: LARENA BELDARRAIN JAVIER.
    Año: 1999.
    Universidad: DEUSTO.
    Centro de lectura: DERECHO .
    Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
    Resumen: El objetivo final de la tesis doctoral presentada, es mostrar las notas básicas que definen la libertad religiosa en nuestro Derecho, así como el alcance real de la protección otrogada en el ordenamiento jurídico español al derecho fundamental de libertad religiosa, evidenciando las posibles carencias y la falta de coherencia que, en determinados ámbitos, puedan llegar a producirse. El estudio realizado parte de la evolución histórica de la figura, desde su configuración en la antigüedad, hasta la plasmación, ya a nivel del Derecho español, en nuestro constitucionalismo histórico, poniéndose de manifiesto tanto la concurrencia de conflictos en su elaboración como, sobre todo, los continuos avances y retrocesos en la construcción del concepto actual. Destaca en todo este proceso de evolución, la influencia llevada a cabo por el Concilio Vaticano II y, en concreto, por la Declaración Dignitatis Humanae inserta en el mismo, ya que es en ella donde se fina las características actuales del derecho en cuestión, así como su condición de humano, en cuanto fundamentado en la misma dignidad de la persona. Posteriormente, nos adentramos en la regulación actual de la institución, resultando evidente del proceso histórico analizado, delimitando las notas fundamentales de la misma a tenor de la regulacion constitucional y de su posterior desarrollo en la no menos trascendental Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 1980. Tales notas son igualmente constrastadas con la normativa existente a nivel constitucional en los principales países de nuestro entorno, observándose la elaboración coincidente de un concepto que implica no sólo la inmunidad de coacción por parte del Estado, sino también la actuación promocional llevada a cabo por éste a favor de la consolidadción y del ejercicio efectivo del derecho citado. Tras estas cosideraciones, procedemos a definir el concepto del derecho fundamental de libertad religosa, distinguiéndolo de figuras afines como la libertad ideológica, la de culto, la de pensamiento o la de conciencia, que pueden generar qeuívocos en lo que a la correcta inteligencia de la insitución analizada se refiere. Se pone en evidencia, de nuevo, su condición de derecho humano, así como su doble ertiente, individual y colectiva, que repercute evidentemente en sus contenidos y en las formas establecidas para su tutlea. De igual manera, se analiza el verdadero alcance de sus límites (en contreto, el orden público que integra salud, seguridad y moralidad, públicas, así como los derechos de los demás) a nivel legal y jurisprudencial, dato este del todo punto fundamental, para determinar adecuadamente la protección establecida al respecto. Finalmente, entramos en el estudio de la tutela del derecho en cuestión, teniendo en cuenta las distintas garantías reguladas, en general, en relacióna los distintos derechos fundamentales. La labor desarrollada por la jurisprudencia, en este caso, tanto a nivel nacional como europeo, resulta crucial para delimitar el concepto, contenido y alcance real del derecho analizado. Dos claros exponentes del ámbito real de tutela de la libertad religiosa son, dentro de estas vías de protección, las decisiones del tribunal Europeo de Derechos Humanos y las recomendaciones emitidas pro el Defensor del Pueblo, a propósito de las quejas presentadas ante él sobre estas cuestiones. Ambas fuentes no proporcionan las notas necesarias para una correcta comprensión del alcance del concepto analizado en la actualidad.Asimismo, serán objeto de análisis, en aras a delimitar sus peculiaridades y la extension de las mismas, las distintas formas de tutela del derecho encuestión, en el ámbito penal, administrativo y labora.
  • EVOLUCION Y ESTADO ACTUAL DE LA TEORIA DE LA DIVISION DE PODERES: SU RELACION CON EL PAPEL DE LOS JUECES EN EL SISTEMA DEMOCRATICO .
    Autor: THURY CORNEJO VALENTIN.
    Año: 1999.
    Universidad: CARLOS III DE MADRID.
    Centro de lectura: CIENCIAS SOCIALES Y JURIDICAS.
    Centro de realización: UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID.
    Resumen: Se analizan las transformaciones contextuales de la división de poderes a partir del estudio de las constituciones positivas y de las teorias sobre la organización constitucional. El estudio se centra en las caracteristicas materiales del principio y en estudiar, a partir de él, la evolución de los elementos que concurren a modificar su entramado sin que, necesariamente estos se vean reflejados en un cambio normativo. Se analizan los distintos presupuestos contextuales de la teoria partiendo del s. XVIII y siguiendo su evolución hasta nuestros días, distinguiendose cuatro aspectos: metodológico, sociologico, juridico y politico. Se trata la posición de los jueces en el entramado constitucional a partir de un enfoque teórico y del estudio de la justicia constitucional en Francia y Estados Unidos.
  • LA CIUDADANIA EUROPEA: DE INSTRUMENTO DE LA INTEGRACION A ATRIBUTO DEL CIUDADANO.
    Autor: FRAILE ORTIZ MARIA.
    Año: 1999.
    Universidad: CARLOS III DE MADRID.
    Centro de lectura: CIENCIAS SOCIALES Y JURIDICAS.
    Centro de realización: UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID.
    Resumen: El objeto de este trabajo es el estatismo del ciudadano europeo. Se analiza en detalle el cambio progresivo que el individuo como tal va ocupando en la Constitucion Europea. El individuo pasa así de ser el fundamento del proceso integrador a no ser sino un elemento más de la estrategia de los Estados miembros reunidos en el seno de las comunidades. Se analiza el concepto de ciudadano europeo y se demuestra que la ciudadania europea concebida en el contexto del tratado de Maastricht es un instrumento al servicio del proceso de integracion europea. El analisis se limita al ambito del Derecho Comunitario y del Derecho Constitucional. Se analizan las cuestiones relativas a los ciudadanos y nacionalidad, pluralismo social y politico, fronteras exteriores e interiores, construccion de un vehiculo propiamente europeo y de unos derechos que caracterizan al individuo por formar parte de una comunidad supranacional que supera a los Estados Unidos.
  • EL ART. 47 DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA: SU CONCRECIÓN EN LA LEGISLACIÓN PROTECTORA DE LA VIVIENDA .
    Autor: MUÑOZ CASTILLO JOSÉ.
    Año: 1999.
    Universidad: JAUME I DE CASTELLON.
    Centro de lectura: CIENCIAS JURÍDICAS Y ECONÓMICAS.
    Centro de realización: FACULTAD DE CIENCAS JURÍDICAS Y ECONÓMICAS.
    Resumen: Su objeto es el estudio de la ordenación jurídico administrativa de la vivienda. A tal efecto, en el Título I, partiendo de una referencia a la evolución histórica de la legislación de protección a la vivienda, se estudia el impacto que supone la entrada en vigor de la Constitución Española. Ello obliga a considerar con detenimiento el contenido y alcance del Artº. 47 de la Carta Magna, regulado como un Principio Rector, por lo que se eficacia real bien determinada por el Artº. 53.3 de la constitución Española. Esta circunstancia se pone de manifiesto en la tesis, al tiempo que se realiza un intento de delimitación de los conceptos jurídicos indeterminados "vivienda digna y adecuada", tomando como apoyo la legislación protectora y la Normativa Técnica de Habitabilidad. Diseño y Calidad, de aplicación. El amandato que contiene el Artº. 47 CE, nos sitúa ante la distribución competencial y la implicación de varias Administraciones Públicas, hechos que contribuyen a configurar la naturaleza y las características de los Planes de Vivienda. En el Título II, se presta especial atención a la actividad administrativa de Fomento en esta materia, y muy singularmente, se examina la financiación cualificada de la vivienda y la estructuración de los Planes de Vivienda según la técnica normativa básica estatal, y normativa de desarrollo y ejecución autonómicas. Tras una referencia a las líneas de financiación del Plan de Vivienda 1998-2001, se analiza la prestación directa en materia de vivienda, su problemática, y las nuevas tendencias de integración social.
  • EL PROCESO POLITICO Y CONTITUCIONAL JORDANO A LA LUZ DEL CASO ESPAÑOL. ESTUDIO ANALITICO, CRITICO Y COMPARATIVO .
    Autor: AL-HOSBAN EID AHMED KHALIL.
    Año: 1999.
    Universidad: AUTONOMA DE MADRID.
    Centro de lectura: DERECHO .
    Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
    Resumen: MI TESIS ESTA CONCENTRADO SOBRE EL SISTEMA POLITICO JORDANO, EN LA CUAL ANALIZAREMOS LOS ASPECTOS PRINCIPALES DEL JUEGO POLITICO Y LAS PARTES DEL MISMO COMO LOS PODERES PUBLICOS, ES DECIR, EL PODER EJECUTIVO, LEGISLATIVO Y JUDICIAL, TODO ESTO CON DETALLES, PARA QUE PODAMOS JUZGAR LAS ACTUACIONES DE CADA UNO DE ELLOS A LA LUZ DEL COMPORTAMIENTO DE LOS PODERES PUBLICOS EN EL CASO ESPAÑOL. ADEMAS, NOS CENTRAREMOS NUESTRO ESTUDIO LUEGO PARA ANALIZAR LOS INSTRUMENTOS DEL JUEGO POLITICA, ES DECIR, LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y LOS PARTIDOS POLITICOS. A TRAVES DE PLANTEAR LOS PRINCIPALES OBSTACULOS QUE AFRONTAN EN EL ESCENARIO POLITICO JORDANO COMPARANDOLOS CON LA ACTUALIDAD ESPAÑOLA. FINALMENTE, ABORDAREMOS LA SITUACION DE LOS DERECHOS Y LIBERTADES PUBLICAS COMO NUCLEO Y OBJETIVO FINAL DEL JUEGO POLITICO EN AMBOS PAISES DEL ESTUDIO.
  • LA PROTECCION CONSTITUCIONAL DE LAS MINORIAS .
    Autor: LAZARO RIOL ANGEL.
    Año: 1999.
    Universidad: GIRONA .
    Centro de lectura: DERECHO.
    Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO-UNIVERSIDAD DE GIRONA.
    Resumen: En relacion con el objeto de la tesis doctoral, se han definido, como prioridades de la investigacion -delimitar el concepto de minoria -comprender el origen y los fundamentos de la tutela minoritaria -determinar las bases juridicas del principio minoritario, especialmente, el significado de los principios de pluralismo, igualdad y autonomia -y, finalmente, estudiar la concreta posicion de las minorias en el ordenamiento constitucional español El metodo de estudio ha estado determinado y condicionado por estas finalidades. La investigacion ha requerido una aproximacion pluridisciplinar para entender la evolucion del concepto y la variedad de significados. Tal circunstancia explica el uso de algunas fuentes historicas, las referencias de filosofia y ciencia politica, y las valoraciones de carácter sociologico. El perfil de principio general que se ha advertido en la tutela minoritaria ha supuesto, en primer lugar, una reflexion sobre sus bases juridico-politicas, aquellas que lo informan, lo justifican y lo modulan. Se tratan del pluralismo, la soberania y el principio democratico. A continuacion, se ha hecho un recorrido "transversal", a traves de las diferentes instituciones constitucionales, centrado en los procesos decisorios, principalmente, el electoral y el parlamentario. El trayecto escogido ha influido en la forma de utilizar las fuentes de investigacion. Por eso, el analisis y opinion de los especialistas prevalece en el momento de formular las cuestiones conceptuales. La legislacion y la jurisprudencia, en cambio, son la base para introducirse en las relaciones juridicas concretas. La estructura de la tesis intenta organizar las diferentes inquietudes sin perjuicio de la claridad y la coherencia. El trabajo consta de dos grandes apartados que se justifican por las diferentes bases doctrinales que sirven de apoyo a los dos grandes subdivisiones del concepto: -las minorias politicas, que son coyunturales u ocasionales y elementos del proceso democratico -y las minorias sociales, caracterizadas por ser estructurales o tendencialmente permanentes, elementos del sistema social, y de las relaciones culturales.
  • CESE DEL GOBIERNO Y GOBIERNO CESANTE EN EL ORDENAMIENTO Y LA PRACTICA ESPAÑOLA 1978-1999 .
    Autor: FONSECA GARCÍA-DONAS JAVIER.
    Año: 1999.
    Universidad: SAN PABLO CEU.
    Centro de lectura: CIENCIAS JURIDICAS Y DE LA ADMINISTRACIÓN.
    Centro de realización: UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU.
    Resumen: Con esta tesis se pretende responder a cuestiones tales como porqué cesa el Gobierno, por qué en esos supuestos consitucionales y no en otros; o por qué debe continuar en funciones y en qué términos. Se estructura en dos partes, siguiendo la sistematización del artículo 101 de la Constitucion. De este modo, en una primera se analiza el cese del Gobierno, sus causas,la razón última de esta situacion,a sí como aquellos supuestos que, pese a no reconocerse como causas de cese por el ordenamiento, poseen ineludibles concomitancias conestas y es preciso aclarar sus efectos. En la segunda parte se entra a conocer con detalle lo que significa que el ejecutivo haya cesado, la razón de su continuidad, su posicion como órgano constitucional, duración y control del mismo, relaciones con otros órganos, así como el alcance y aplicación de los límites que la ley impone a su actuación.
  • HACIA UNA CONSTITUCION EUROPEA .
    Autor: CANCELA OUTEDA CELSO.
    Año: 1999.
    Universidad: SANTIAGO DE COMPOSTELA .
    Centro de lectura: DERECHO.
    Resumen: La tesis doctoral gira en torno al análisis de la realidad jurídico-institucional de la Unión Europea desde la perspectiva constitucional. En concreto, adopta un planteamiento constitucional material de inspiración anglosajona. Este trabajo de investigación consta de tres partes bien diferenciadas. En primer lugar, se aborda el estudio de la naturaleza jurídica de la Unión Europea para intentar determinar si estamos ante un nuevo poder público que merezca ser limitado. En segundo lugar, se expone una teoría constitucional para construir un modelo constitucional aplicable a la realidad europea. Y, en la última parte está dedicada, precisamente, a examinar esa realidad a la luz de ese modelo. Como conclusión general se obtiene que es posible descubrir que la Unión Europea vive un proceso federal y que cuenta en su seno con una serie de elementos materialmente constitucionales cuyo grado de desarrollo es diferente.
  • LA PROTECCION DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS MENORES EN LOS MEDIOS DE COMUNICACION.
    Autor: CALATAYUD CHOVER DAVID.
    Año: 1999.
    Universidad: COMPLUTENSE DE MADRID.
    Centro de lectura: CIENCIAS DE LA INFORMACION .
    Resumen: En los últimos años hemos presenciado un aumento en la aparición de los menores de edad en los medios de comunicación social junto a un incremento de las injerencias en sus derechos personales, principalmente el honor, la intimidad y la propia imagen. La normativa protectora del menor es amplia pero estas disposiciones no parecen ser suficientes. La falta de concreción sobre las condiciones de madurez del menor para consentir injerencias en sus propios derechos, las no siempre buenas intenciones de algunos padres o representantes legales y las, a menudo, pocas posibilidades del Ministerio Fiscal de proteger a los menores indefensos están provocando resoluciones judiciales condenando a medios de comunicación por intromisiones en los derechos de los menores. Esta tesis investiga el protagonismo desempeñado por los representantes legales, por el Ministerio Fiscal, por los Jueces de Menores y por otras instancias relacionadas con el menor y los medios de comunicación. Las repercusiones que en sus derechos puede tener la publicidad o la información judicial merecen una especial atención. Por último, la posibilidad de hacer frente a las injerencias en sus derechos que sufre el menor a través de iniciativas distintas a las legislaciones otorgarán mayores esperanzas al panorama actual.
  • TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y REPARACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN NORMATIVA .
    Autor: GONZÁLEZ BEILFUSS MARKUS.
    Año: 1999.
    Universidad: BARCELONA.
    Centro de lectura: DERECHO.
    Resumen: La tesis tiene por objeto el análisis del papel que corresponde al Tribunal Constitucional en la reparación de la discriminación normativa, y en especial, en relación con el legislador ordinario. A la luz de los propios votos particulares de los magistrados constitucionales, se trata de uno de los ámbitos en que la relación entre ambos órganos ha sido más conflictiva desde la creación del Tribunal Constitucional. A partir de esta constatación, el primer capítulo aborda los diversos problemas que ha planteado el binomio incostitucionalidad-nulidad para hacer frente a las discriminaciones normativas. Como resultado de dicho análisis , se defiende que son los problemas de carácter funcional los más relevantes, lo cual conlleva que el resto de la tesis se dedique al análisis de los mismos. En el segundo capítulo se analiza, concretamente, el modelo unilateral de reparación de la discriminación normativa, es decir, los supuestos en que el Tribunal Constitucional repara directamente la discriminación, mientras que en el tercero se analiza el modelo bilateral o multilateral, en que dicha reparación corresponde al legislador y, en su caso, a los tribunales ordinarios. El estudio de ambos modelos permite incorporar las experiencias de Alemania, Austria e Italia, así como analizar el régimen jurídico de los mismos.
  • LA RECEPCION DE LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS POR PARTE DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.
    Autor: CATALA BAS ALEXANDRE HUG.
    Año: 1998.
    Universidad: VALENCIA.
    Centro de lectura: DERECHO .
    Resumen: La tesis presantada por D. Alejandro Catalá con el título "La recepción de la jurisprudencia del Tribunal europeo de Derechos Humanos en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional", dirigida por el Dr. D. Manuel Martinez Sospedra, aborda una cuestión novedora, pues son escasos los estudios comparativos sobre ambas jurisprudencias, y de vital importancia si tenemos en cuenta el articulo 10.2 de la Constitución española. La utilización de las fuentes, jurisprudencia y doctrina, es correcta. La redacción es, asímismo, clara. El esquema seguido es claro, racional y adecuado para el objeto de la investigación. El tesinando analiza en profundidad una serie de derechos: a la integridad fisica y moral, a la intimidad/vida privada, al respeto del domicilio, al respeto de la correspondencia, a la libertad de expresión y a un proceso sin dilaciones indebidas, con relación a los cuales la jurisprudencia de ambos tribunales es abundante. Llega a la conclusión de que el Tribunal Constitucional sigue muy de cerca la jurisprudencia del TEDH aunque ello, en muchas ocasiones, no se plasma expresamente en sus sentencias. Demostrada la importancia de la jurisprudencia del TEDH se pone de relieve como la misma sigue siendo la gran desconocida pues su utilización por parte de los operadores jurídicos es escasa. Por ello estudios de este tipo han de servir para que sea conocida y aplicada por parte de estos.
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