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LA AMORTIZACIÓN DE ACCIONES EN LA S.A. (ESPECIAL REFERENCIA AL ARTÍCULO 164.3. T.R.L.S.A.)
. Autor: RODRÍGUEZ GONZÁLEZ AMALIA. Año: 2003. Universidad: VALLADOLID. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: Se estudia en el presente trabajo la
amortización de acciones como procedimiento de reducción de capital en la S.A. El trabajo está dividido en dos partes. La primera titulada Aproximación a la problemática general de la amortización de acciones, está compuesta por tres capítulos. El
capítulo primero lleva por título Consideraciones generales sobre la amortización de acciones. El segundo La regulación legal de la amortización de acciones: Derecho Comparado, Derecho comunitario y Derecho español. El capítulo tercero lleva por
título: La amortización de acciones al servicio de la reducción de capital en la S.A. La segunda parte titulada Los derechos de los accionistas en relación con la amortización de aciones está compuesta por el capítulo cuarto. El procedimiento de
amortización de acciones en la L.S.A. De 1989: Los derechos de los accionistas. El trabajo se cierra con la exposición de las conclusiones. EL CONTRATO DE COMPRAVENTA DE EMPRESA . Autor: HERNANDO CEBRIÁ LUIS. Año: 2003. Universidad: VALENCIA. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: El intercambio o comercio de bienes ha tenido
tradicionalmente en la compraventa, como contrato paradigmático, la sede sobre la cual se ha desarrollado una amplia regulación legal. Desde un punto de vista, la remisión a la compraventa de empresa se ha de entender como manifestación de una
unidad conceptual caracterizada por la entrega de la empresa, como unidad productiva o económica operativa ante el mercado y el pargo del precio como prestaciones esenciales.
Pero las especialidades que resultan de la empresa, derivadas de su naturaleza jurídica, exigen el recurso a criterios interpretativos y analógicos de integración, ante una pretendida aplicación del régimen general de la compraventa. Por ello,
se ha de prestar particular atención tanto a las tendencias seguidas tanto por las Resoluciones de los distintos Tribunales que han enfrentado la amplia problemática de la compraventa de empresas, como a las soluciones obtenidas por las regulaciones
de Derecho continental y a las aportaciones de la doctrina que ha analizado las cuestiones derivadas de la regulación. Igualmente, adquieren relevancia en esta sede los modelos contractuales que desde la práctica anglomericana se han extendido en
la contratación española y continental.
LA ADAPTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS AL PLAN GENERAL DE
CONTABILIDAD ESPAÑOL, EN EL CONTEXTO DE UN MARCO SUSTANTIVO Y PLURAL . Autor: POLO GARRIDO
FERNANDO. Año: 2003. Universidad: POLITECNICA DE VALENCIA. Centro de realización: UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE VALENCIA
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Resumen: El Plan General de Contabilidad español (R.D. 1643/1990) es de aplicación obligatoria para todas las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, es por tanto de aplicación obligatoria a las sociedades
cooperativas.
El hecho de que el haya sido desarrollado tomando como base las fórmulas jurídicas mercantiles, y a su vez el actual marco normativo sustantivo y plural de las cooperativas (13 leyes autonómicas más una ley estatal) justifican la adaptación de
la norma general contable a las sociedades cooperativas.
Dicha adaptación está siendo abordada por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, y en estos momentos se encuentran próxima a su publicación, constituyendo la primera adaptación contable a las condiciones concretas del sujeto
contable.
En este contexto la presente tesis profundiza en las singularidades de orden contable de las sociedades cooperativas, y su normalización y, partiendo del estudio y análisis del a doctrina contable, del ordenamiento jurídico-contable, de la
propuesta de norma llevada a cabo por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, propone soluciones y en su caso distintas alternativas de tratamiento contable, que se someterán a análisis de tipo cualitativo basados en métodos que emplean
la consulta a expertos, en concreto mediante el método Delphi. LA CESIÓN GLOBAL DE ACTIVO Y PASIVO . Autor: CONDE TEJÓN ANTONIO. Año: 2002. Universidad: ISLAS BALEARES
. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: La presente tesis doctoral versa
sobre la operación de cesión global de activo y pasivo.
La primera parte de la obra se dedica a la naturaleza jurídica de esta operación. En tanto que operación de modificación estructural, el primer capítulo se dedica a la descripción de los rasgos que caracterizan a esta categoría de operaciones,
y a la puesta en relación de la operación de cesión global con las restantes operaciones de la categoría.
El segundo capítulo se dedica a describir los rasgos característicos de la oepración de cesión global, a la vista de que la deficiente regulación de esta operación llevada a cabo por el legislador español requiere de una intensa labor dogmática
de interpretación. La principal conclusión de esta primera parte de la obra es que a la operación de cesión global de activo y pasivo se le aplica analógicamente el régimen jurídico de la fusión o de la escisión total, en función del número de
cesionarios que se den en la operación.
La segunda parte de esta obra se dedica a analizar los efectos propios de las operaciones de modificación estructural una vez acordadas, prestando especial atención al modo especial de transmisión de los elementos patrimoniales que se produce
en estas operaciones, por sucesión universal. Es estos capítulos se describe la naturaleza, utilidad y efectos de este modo especial de transmisión, prestando especial atención a los efectos que provoca sobre determinados elementos patrimoniales en
apariencia intrasmisibles o que deben cumplir con determinados requisitos particulares de circulación, entre los que destacan los contratos pendientes de ejecución cuyo cumplimiento se convierte en absurdo o excesivamente oneroso tras la operación.
La tercera parte de esta obra se dedica a los mecanismos especiales de tutela de los terceros y acreedores que se dan en las operaciones de modificación estructural, en tanto que contrapunto necesario para evitar que estos colectivos resulten
perjudicados a causa del efecto de sucesión universal, imprescindible para que estas operaciones logren los objetivos pretendidos. En esta parte se aprovecha la dualidad de la operación de cesión global para analizar los mecanismos propios de todas
las operaciones de esta categoría, es decir, el derecho de oposición y la responsabilidad regulada en el Art. 259 LSA. EL DERECHO DE INFORMACIÓN EN LA LEY DE COOPERATIVAS DE GALICIA . Autor: MILLÁN CALENTI RAFAEL ALVARO. Año: 2002. Universidad: SANTIAGO DE COMPOSTELA. Centro de lectura: CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES
. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: El trabajo tiene como objetivo
el análisis del derecho de información atribuido al socio en la ley de cooperativas de Galicia (Ley 5/1998 de 18 de Diciembre).
Se estudia el derecho de información desde los puntos de vista de su contenido material y de su regulación jurídica, relacionándolo con la normativa de sociedades mercantiles.
La ordenación sistemática de las memoria doctoral, contiene una introducción y tres partes.
En la introducción se hacen breves referencias históricas al movimiento cooperativo y se presenta el marco normativo constituido primordialmente por la ley de cooperativas de Galicia y la ley de cooperativas estatal (Ley 27/1999 de 16 de Julio).
En la parte primera se examina el estatuto jurídico del socio, la distinta tipología de socios y el marco de los derechos y obligaciones para individualizar el derecho de información.
Este es objeto de estudio en la parte segunda con gran amplitud.
Se comienza indicando su relación con el de las sociedades capitalistas y con el estatuto de sociedad cooperativa Europea.
Una sección importante de esta parte la constituye el análisis pormenorizado del art. 23 de la LCG. Y el desglose del derecho en sus elementos: Sujetos, objeto, forma y límites.
Se responde a cuestiones tan interesantes como ¿Qué información es necesaria y para qué es necesaria?.
Después de un análisis pormenorizado del interés protegido con el derecho de información se estudian los efectos de la vulneración del derecho en su vertiente de acciones de impugnación y de exigencia de responsabilidad a los administradores
para concluir con el planteamiento de diversas cuestiones procesales sobre la tutela del derecho de información.
Se estudia también el arbitraje de derecho o de equidad como posible medio para solución de controversias.
El trabajo finaliza con 42 conclusiones a las que llegan en el tratamiento de los diversos temas.
LA DIRECTIVA SOBRE LA PROTECCIÓN JURÍDICA DE LAS INVENCIONES BIOTECNOLÓGICAS . Autor: FERNANDO MAGARZO M. ROSARIO. Año: 2002. Universidad: COMPLUTENSE DE MADRID. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO, UNIV. COMPLUTENSE DE MADRID.
Resumen: La primera parte de la tesis aborda el
estudio de la protección jurídica de las invenciones biotecnológicas. En concreto, el primer capitulo hacer referencia a las invenciones biotecnológicas, definiéndose la biotecnología y las inversiones biotecnológicas; analizándose la importancia
económica y social de la misma; y exponiéndose la situación de la biotecnología en Europa. El capítulo segundo consiste en el estudio de la protección jurídica de las invenciones biotecnológicas, a través del sistema de patentes, en Europa y en los
Estados Unidos. Asimismo, se analiza la posibilidad de proteger tales invenciones a través de otros sistemas tales como el secreto industrial, el Derecho de autor o a través de la creación de un sistema "sui generis".
La segunda parte de la tesis se dedica al estudio en profundidad de la Directiva sobre invenciones biotecnológicas. Así, en el capítulo tercero se exponen los antecedentes y el iter legislativo de la citada norma, su base jurídica y sus
características generales. Seguidamente, en el capítulo cuarto se estudia la exposición de motivos de la Directiva. En los capítulos quinto y sexto se analiza el régimen de patentabilidad de las invenciones biotecnológicas, distinguiendo entre las
invenciones relativas a vegetales, animales y a elementos de origen humano. El capítulo séptimo se dedica al estudio del orden público y la moralidad como límites a la patentabilidad de las invenciones biotecnológicas. El capítulo octavo versa sobre
el alcance de la protección otorgada por las patentes de invención biotecnológicas y el capítulo noveno sobre el depósito de materia biológica. Finalmente, en el capítulo décimo se examina la transposición de la directiva a los ordenamientos
jurídicos de los Estados miembros y al Reglamento de ejecución del CPE, prestando especial atención a la transposición al derecho español, a través de la ley 10/2002. LA COMPRAVENTA A PLAZOS DE BIENES MUEBLES CON RESERVA DE DOMINIO EN LA QUIEBRA . Autor: MARTINEZ ROSADO JAVIER. Año: 2002. Universidad: COMPLUTENSE DE MADRID. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE.
Resumen: La tesis se inicia con un capítulo dedicado
al estudio del origen y de la evolución de la clásula de reserva de dominio en el derecho comparado, ya que, si bien éste cumple una función instrumental, no puede perderse de vista que los problemas que suscita la clásula se plantearon unas décadas
antes que en nuestro país en los derechos de nuestros países vecinos.
En el capítulo segundo se analiza la problemática que suscita la clásula en nuestro derecho. Presta atención a la legislación, que se analiza detenidamente. Debido a la ambigüedad de su articulado, resulta necesario examinar la naturaleza
jurídica de la clásula, para la que se remite al capítulo 3.
En el capítulo tercero se llega a la conclusión de que constituye una condición suspensiva de la transmisión de la propiedad, ya que así se configura en Alemania y un examen detenido de los distintos sistemas traslativos lleva a afirmar que,
dado el paralelismo entre dicho sistema y el nuestro, no hay obstáculo que impida llegar a dicha conclusión.
Por tanto, en la quiebra del comprador (capítulo 4), en tanto el vendedor conserva el dominio como consecuencia de la eficacia de dicha clásula, puede recuperar el bien vendido con reserva de dominio, y si el contrato con la reserva se
encontraba inscrito, goza de un derecho de ejecución separada conforme a la LVP. Lógicamente, estos derechos "se pierden" si el bien fue transformado, se perdió, etc.
La quiebra del vendedor (capítulo 5) no suscita problemas, ya que al tiempode ser declarado en quiebra había cumplido enteramente su prestación, por lo que el comprador puede seguir cumpliendo el contrato y adquirir así la propiedad.
En fin, tanto en la quiebra del comprador como en la del vendedor se analiza asimismo el régimen del reciente Anteproyecto de Ley Concursal de 2001, hoy Proyecto de Ley Concursal de 2002, y la tesis incluye un apartado también sobre las
llamadas "reservas de dominio" complejas, figuras que han proliferado principalmente en Alemania. LA TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA EN BRASIL (ASPECTOS CONTRACTUALES DE PROPIEDAD INDUSTRIAL)
. Autor: LIMA ASSAFIM JOAO MARCELO DE. Año: 2002. Universidad: SANTIAGO DE COMPOSTELA. Centro de lectura: DERECHO
. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: La Tesis consta de 3 partes y 5 capítulos.
La parte primera está compuesta de 2 capítulos mediante los cuales se realizan estudios sobre precisiones conceptuales (capítulo 1) y aspectos generales júridico-económicos (capítulo 2).
En la parte segunda (constituida también de 2 capítulos) se estudian los elementos y la caracterización de los contratos de transferencia de tecnología (capítulo 3) y las modalidades concretas de contratos de transferencia de tecnología
(capítulo 4).
En la parte tercera integrada de único capítulo (capítulo 5) se estudian los contratos de licencia de patente y de Know-How a la luz del derecho de defensa de la competencia a partir de un análisis desde el derecho de la comunidad económica
europea y desde el derecho Brasileño. LA PUBLICIDAD DESLEAL EN SUDAMERICA . Autor: TORRES CARLOS MARCOS RICARDO. Año: 2002. Universidad: SANTIAGO DE COMPOSTELA
. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE
DERECHO.
Resumen: La Tesis consta de 4 capítulos.
En el primero se realiza un estudio general del derecho de la competencia, con especial referencial al derecho de la competencia desleal.
En el segundo capítulo se realiza un estudio general de la publicidad comercial, su marco jurídico, la concurrencia de normas de competencia desleal y publicidad desleal, el papel de la publicidad comercial en los procesos de integración
económica en sudamérica y la competencia desleal y la protección del consumidor en sudamérica.
En el tercer capítulo, sobre la publicidad engañosa, se analizan las normas nacionales y comunitarias sudamericanas que permiten la prohibición de la publicidad engañosa, los intereses que tutelan dichas normas. Asimismo, se establece un
concepto de publicidad engañosa y se analiza la publicidad engañosa por omisión, la publicidad subliminal y la publicidad encubierta, todo ello desde la perspectiva de la situación normativa sudamericana.
Finalmente, en el cuarto capítulo se estudia la publicidad comparativa. Se realiza, un estudio de la regulación existente en sudamérica que admite la publicidad comparativa. Así, con base en dichas normas se analiza el concepto de la
publicidad comparativa, los elementos constitutivos de la publicidad comparativa, sus requisitos de licitud y los criterios que deben emplearse para establecer la deslealtad de las comparaciones publicitarias. EL DINERO ELECTRÓNICO COMO INSTRUMENTO DE PAGO EN INTERNET . Autor: MATEO HERNÁNDEZ JOSÉ LUIS. Año: 2002. Universidad: ISLAS BALEARES. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: En la tesis doctoral "El
dinero electrónico como instrumento de pago en Internet" trata de ofrecerse una aproximación a los problemas jurídicos que plantea el dinero electrónico en el concreto escenario negocial proporcionado por la red de redes.
En primer lugar, se analiza el origen y evolución de Internet para a continuación introducir las diversas modalidades de pago electrónico y sus diversas aplicaciones.
Por otra parte, el estudio persigue alcanzar un concepto claro y unívoco de dinero electrónico desde el punto de vista económico, técnico y jurídico, partiendo de las consideraciones señaladas por la doctrina y la escasa legislación aplicable a
escala mundial.
Finalmente, se presentan y describen los problemas que esta novedosa forma de pago puede generar desde el punto de vista jurídico, prestando especial atención a las cuestiones relativas al a emisión de efectivo virtual, las obligaciones y
responsabilidades de las partes intervinientes en una operación de comercio electrónico, la seguridad (prestando especial atención a las medidas que desde el punto de vista técnico pueden adoptarse en este sentido, como el uso de la Criptografía de
cifrado y la Criptografía de autenticación), sin olvidar la polémica que suscita la utilización de dinero electrónico anónimo en la realización de actividades delictivas como las derivadas del blanqueo de capitales. LA ESTRUCTURA CONTRACTUAL DE LAS OFERTAS AL PÚBLICO DE VALORES . Autor: TAPIA SÁNCHEZ M. ROSA. Año: 2002. Universidad: COMPLUTENSE DE MADRID. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: Las ofertas de suscripción y adquisición de
acciones constituyen en nuestro ordenamiento vigente operaciones de una genuina naturaleza contractual, cuyo proceso ordinario de formación coincide con el de los negocios bilaterales que se perfeccionan mediante la concurrencia de la oferta y la
aceptación; a lo que se añade , una serie de normas procedimentales imperativas de carácter público-Administrativo (referidas sobre todo a la forma, contenido y supervisión del folleto informativo) con la finalidad de garantizar una adecuada
protección del inversor/destinatario, y en terminos más amplios, el correcto funcionamiento del mercado.
La finalidad última de nuestro estudios es la de determinar los sectores en el iter formativo de los contratos de suscripción y adquisición de acciones, en los que por existir una identidad en cuanto a la situación contractual básica de fondo,
corresponderia una regulación unitaria para todos ellos. Esto no significa que ambas ofertas al público de valores deban regularse necesariamente en un mismo texto legal o reglamentario. LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO
ESPAÑOL . Autor: MÁRQUEZ LOBILLO PATRICIA. Año: 2002. Universidad: MALAGA. Centro de lectura: DERECHO
. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: La tesis doctoral aborda el estudio del
régimen jurídico de la prestación de servicios de la sociedad de la información contenido en la Directiva 2000/31/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la
sociedad de la información, en particular, el comercio electrónico en el mercado interior, y en la Ley 34/2002, de 11 de Julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.
El trabajo se halla dividido en cuatro capítulos, seguidos de una extensa, actualizada y completa bibliografía sobre la materia objeto de investigación.
El primer capítulo, de carácter introductorio, se ocupa de definir los rasgos esenciales de la nueva sociedad de la información, con atención especial a los aspectos sociológicos, técnicos e históricos de este fenómeno.
Los siguientes capítulos se destina, respectivamente, al análisis de la definición legal de servicio de la sociedad de la información, a la delimitación de la figura del prestador de servicios de la sociedad de la información y al detallado
examen del régimen jurídico de la prestación de servicios de la sociedad de la información, con particular atención al estudio de las obligaciones impuestas por la legislación aplicable a dichos prestadores de servicio y a su régimen de
responsabilidad. EL DOMICILIO DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES DE CAPITAL . Autor: BENAVIDES VELASCO PATRICIA GUILLERMINA. Año: 2002. Universidad: MALAGA. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización:
FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: La tesis aborda los elementos
conceptuales de domicilio, sede, actividad, …etc., para intentar elaborar un concepto de domicilio social.
Tal concepto le sirve como criterio de atribución legal de foro y fuero.
Realiza un estudio desde la jurisprudencia constitucional para elaborar una construcción antropomórfica de la sociedad mercantil como titular de derechos fundamentales.
Analiza todas las ocasiones en las que el legislador utiliza el criterio del domicilio y, por fin, centra su estudio en el traslado de domicilio y sus consecuencias jurídicas.
El trabajo se acompaña de un importante aparato crítico. EL PAGO EN EL COMERCIO ELECTRONICO A TRAVES DE INTERNET . Autor: RICO CARRILLO MARILIANA. Año: 2002. Universidad: CARLOS III DE
MADRID. Centro de lectura: FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y JURIDICAS. Centro de realización: UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID.
Resumen: El comercio electrónico en Internet plantea
diversos problemas en el campo del Derecho; en el ámbito del Derecho mercantil estos problemas se originan principalmente por la influencia de la electrónica en la forma de la contratación, la aparición de nuevos soportes documentales, y la falta de
regulación en la materia. El objetivo principal de este estudio está enfocado hacia la determinación de los efectos y el establecimiento de la validez del pago efectuado en las negociaciones comerciales que tienen lugar en Internet, luego de abordar
los distintos problemas que se presentan y de analizar ciertas situaciones jurídicas, se concluye que el cumplimiento de obligaciones pecuniarias a través de Internet es perfectamente válido, sobre la base del principio de autonomía de la voluntad
de las partes que rige la contratación tradicional y los principios que rigen el nuevo Derecho del comercio electrónico, en particular, el principio de equivalencia funcional y el principio de la inalteración del Derecho preexistente de obligaciones
y contratos. ASPECTOS JURÍDICOS DEL SECRETO BANCARIO . Autor: HIDALGO ARCIA OTONIEL M.. Año: 2002. Universidad: CADIZ
. Centro de lectura: CIENCIAS ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: En la actualidad, no hay duda que las
entidades de crédito por excelencia, y nos queremos referir con esto a su importancia práctica económica, la constituyen los bancos, pues su actividad mediadora en el crédito es básica para dar en préstamo lo que a su vez recibe en depósito de sus
otros clientes, financiando así el desarrollo de los negocios y del comercio en general.
En virtud de ello, los establecimientos bancarios se han constituido como una de las instituciones que más informaciones personales y económicas poseen de los particulares, por lo que han de garantizar que las mismas se reserven bajo el más
estricto secreto, lo cual a su vez es básico y elemental para el logro de la confianza de sus clientes; y es allí en donde intervienen la institución del secreto bancario, garantizándole a los usuarios de los servicios bancarios la salvaguarda de
tales informaciones confidenciales, amparándose con ello la intimidad de las personas. De ahí entonces que, la institución del secreto bancario juegue un papel esencial para el sistema bancario, pues coadyuva al logro de la confianza perseguida del
público, la cual es regla básica para el otorgamiento de créditos, y por ende, aspectos medular del desarrollo económico.
No obstante lo anterior, a pesar de que esas informaciones se encuentran amparadas por el secreto bancario, en algunas ocasiones dicho secreto será limitado, ocurriendo una aparente desprotección respecto de las informaciones y datos que los
clientes les han confiado. Lo que realmente ocurre en estos casos es que el secreto bancario, al igual que los intereses jurídicos que con él se protegen, no son absolutos, teniendo que ceder cuando se enfrenta a otros derechos de mayor relevancia u
otros intereses que así lo permitan. Esto sucederá, entre otros supuestos, ante la Hacienda Pública, la cual está facultada para inspeccionar lo concerniente a las cuentas bancarias de los contribuyentes, resultando para la entidad de crédito, la
obligación de facilitarle la documentación que le requiera. Pero esto sólo ocurrirá a modo de excepción, pues la regla general la constituye el deber de secreto por parte del Banco. De ahí entonces que ciertas autoridades, instituciones y agencias
estatales se encuentren facultades para solicitar de las entidades de crédito, informaciones confidenciales de los usuarios de sus servicios, circunstancia esta que es debida al carácter multidisciplinario propio del secreto bancario. Ante estas
limitaciones o excepciones al secreto, los bancos se ven en la necesidad de facilitar las informaciones y documentaciones que así les requieran; no obstante, de todos los límites que se le imponen al secreto, sean estos previstos por el Derecho
público o privado, sólo son algunos de ellos los que verdaderamente han adquirido vigencia práctica en nuestro medio, lo cual ha venido a reconocerse, tanto por la doctrina más autorizada como por la jurisprudencia, como lo son la colaboración de
los bancos para con la Administración Tributaria y la Administración de Justicia, la cooperación judicial internacional, el deber de información al Banco de España y el suministro e intercambio de los informes interbancarios. EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA EN MÉXICO: FRENTES CRÍTICOS ANTE LA
GLOBALIZACIÓN . Autor: RÁBAGO BORBECKER MIGUEL. Año: 2002. Universidad: SALAMANCA. Centro de lectura: DERECHO
. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: El presente estudio se centra en la
problemática relativa a las distintas fuentes del Derecho de la inversión extranjera en México. Se analizan las fuentes de tipo convencional, en especial, el Capítulo XI del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, y transnacionales, además
de la ley interna concretamente la Ley de inversión extranjera. La tesis se divide en cuatro capítulos, el primero de los cuales se refiere al estado actual de la materia dentro de los distintos foros internacionales como la OMC, OCDE y el Banco
Mundial. En especial se trata el tema de un posible acuerdo multilateral en los primeros dos foros y los convenios de tipo parcial relativos a resolución de controversias (el Convenio de Washington de 1965) y garantía (el Convenio de Seúl de 1986)
en el Banco Mundial. Por lo que se refiere el Capítulo Segundo, este se concreta en el análisis de los sujetos (personas que pueden ser considerados como inversores extranjeros) y el objeto (actividades que pueden calificar como inversión
extranjera), de la inversión extranjera. El Capítulo Tercero trata la influencia de las obligaciones convencionales asumidas por México en el trato a la inversión extranjera en México. En especial, se mencionan los tres estándares de trato: el trato
de nación más favorecida, trato nacional y el nivel mínimo de trato. Por último Capitulo versa sobre las distintas áreas que son excepción al régimen general de la inversión extranjera en México, en las cuales se incluyen grandes sectores económicos
como la energía eléctrica, petróleo y algunos servicios financieros. LA VENTA A PERDIDA COMO ILICITO CONCURRENCIAL . Autor: SANTANA PÉREZ ANTONIO. Año: 2002. Universidad: LA LAGUNA
. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA.
Resumen: En la tesis se estudia el régimen jurídico de
la venta o pérdida en el ordenamiento español desde un punto de vista unitario. Para ello se analiza primero, el marco constitucional en el que se desarrolla el modelo competencia y los criterios delimitadores del mercado relevante. Así como una
clasificación de las diferentes prácticas predatorias, diferenciando entre los comportamientos que se instrumentaron estrategias de precios y los que no. Y a continuación el régimen jurídico de la venta o pérdida partiendo de los elementos comúnes
del ilícito concurrencial. Con especial referencia a los criterios para la determinación del umbral de legalidad en torno al precio de adquisición y al coste de producción.
Asimismo, se analiza la figura desde la normativa ---, desde la disciplina de la competencia desdeal, y desde la reciente ordenación de la normativa del comercio interior. En el primero, se plantea que los precios predatorios pueden ser
realizados por cualquier empresa, tenga o no posición dominante. En particular, en los mercados altamente fragmentados, en los que aún no se ha produccido una inercia natural hacia la concentración y en los de alta tecnología. En el segundo, el
régimen jurídico del artículo 17 de la ley de Competencia Desleal y finalmente, en tercer lugar, los problemas de encaje y legalidad que plantea la reciente regulación de la figura en el artículo 14 de la ley de ordenación del comercio minorista.
Exponiendo finalmente, los diferentes supuestos de venta o pérdida permitidos por ser racionales, eficientes y carecer de finalidad concurrencial. Incluyendo la propuesta de nuevos supuestos de exclusión. LA EXCLUSIÓN DE SOCIOS DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA . Autor: HERAS FÖRSTNER ISABEL. Año: 2002. Universidad: CARLOS III DE MADRID. Centro de lectura: FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y JURIDICAS
. Centro de realización: UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID.
Resumen: Para la exposición del trabajo y siguiendo la
sistemática que establece la Ley de sociedades de responsabilidad limitada, hemos dividido nuestro análisis en tres partes principales, planteando las cuestiones controvertidas, y ofreciendo posibles soluciones. En la primera parte analizamos los
presupuestos de la exclusión, esto es, las causas que pueden llevar a la expulsión de un socio. En esta parte encontramos una clara división, por un lado están las causas que establece la Ley y, por otro lado, las causas que los socios pueden
introducir libremente en los estatutos sociales. Posteriormente exponemos el ejercicio o procedimiento de la exclusión, que gira en torno al procedimiento más común, el extrajudicial, y al excepcional, que requiere una intervención judicial. Para
finalizar, tratamos la compensación al socio saliente. Precede a estas tres partes un capítulo introductoria y un capítulo en el que se estudia el derecho comparado. Terminamos el trabajo con una serie de conclusiones finales.
En nuestra opinión, el fundamente jurídico de la exclusión es la conservación y permanencia de la sociedad para garantizar la seguridad y estabilidad del tráfico jurídico mercantil. RÉGIMEN JURÍDICO DE LA RESTITUCIÓN DE LAS APORTACIONES SOCIALES EN LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS
. Autor: GIL CONDE SILVIA M.. Año: 2002. Universidad: AUTONOMA DE MADRID. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID.
Resumen: La presente Tesis Doctoral tiene
por objeto el análisis exhaustivo de la restitución de las aportaciones sociales en las sociedades anónimas. Dicho estudio se acomete sin olvidar que esta figura no pertenece al ámbito de especialidad de este tipo social, por lo que se convierte en
objetivo principal de la tesis la formulación de una teoría general del reembolso de lo aportado aplicable a cualquier sociedad mercantil. Otro de los rasgos que definen este trabajo es la revisión crítica que en él se propone de la disciplina
jurídica actualmente aplicable sobre esta memoria, valorándose en cada uno de los supuestos legalmente previstos la corrección con la que se ha definido el contenido del deber de restitución de la sociedad.
Con tal objeto, se procede, en la primera parte de la tesis, a la delimitación conceptual de esta figura, comenzando con una aproximación a sus caracteres definitorios, entre los que cabe destacar: el análisis de la posición jurídica de los
sujetos afectados, su calificación jurídica como "obligación", el carácter de dercho subjetivo de la pretensión del aportante y su inclusión dentro de los denominados "derechos de socio", la identificación del titular del derecho, el objeto del
deber social de reintegro, y la valoración jurídica de los supuestos efectos negativos que causa sobre el patrimonio social. Examinadas estas cuestiones, se procede al estudio del fundamento jurídico de la devolución de las aportaciones sociales,
pieza fundamental de la tesis, porque demuestra que dicho reembolso es el principal efecto de la liquidación o de la modificación sustancial de la relación jurídica que vincula al socio o al suscriptor con la sociedad. Tomando como punto de partida
la conclusión precedente, se incluyen en la categoría de "derecho societario de reintegro de lo aportado" tanto aquellos casos en los que el legislador ordena expresamente que se produzca tal efecto, como aquéllos otros en los que tiene lugar la
extinción o la modificación mencionadas con obligación de compensar patrimonialmente al suscriptor o al socio afectados aunque carezcan de reconocimiento legal expreso, ya que todos estos supuestos comparten la misma ratio. En cambio, se ha excluido
de dicha categoría a aquella otra recuperación de lo invertido fruto de la transmisión de la condición de suscriptor o de socio -incluso aunque tal cesión se haga a favor de la propia sociedad-, cuya problemática es la correspondiente al negocio
jurídico en el que tal cesión se haga a favor de la propia sociedad-, cuya problemática es la correspondiente al negocio jurídico en el que tal cesión se fundamenta, a cuyas reglas habrá de quedar sometida y no a las propias del reembolso.
A la luz las observaciones anteriores, se efectúa en la segunda parte de la tesis un minucioso análisis de los distintos supuestos de reintegro de lo aportado, distinguiendo conforme al sujeto destinatario de dicha restitución, en la medida en
que esto afecta a las reglas que habrán de regir la liquidación de dicho vínculo. Así, por una parte, se examinan aquellos casos que afectan a quien no ha adquirido o no válidamente la condición de socio, justificándose dicha imposibilidad bien en
la extinción de la operación societaria de emisión de capital, bien la extinción de uno de los contratos de suscripción. Y, por otra parte, aquellos otros supuestos que afectan al ya socio, motivado en este caso el reembolso por la extinción de la
relación existente entre el socio y la sociedad o en la modificación sobrevenida de dicho vínculo fruto de la reducción de la cuota de participación social que ese accionista tuviese en la sociedad. LA SINDICATURA DE LA QUIEBRA (EL PROBLEMA DE LA "POSICIÓN JURÍDICA" DE LA SINDICATURA
CONCURSAL). Autor: TIRADO MARTÍ JOSÉ IGNACIO. Año: 2002. Universidad: AUTONOMA DE MADRID. Centro de lectura:
DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO - UAM.
Resumen: La presente Tesis doctoral
realiza un estudio exhaustivo en torno a la sindicatura concursal. Considerado el órgano más importante de la quiebra, el análisis de su posición jurídica, esto es, del régimen jurídico del órgano en su actividad, constituye una de las "piedras de
toque" del Derecho de la insolvencia. Tras una introducción en la que se explican, a grandes rasgos, las características fundamentales de los síndicos, sus diferencias y analogías con figuras afines y se delimita el objeto de estudio, se pasa a una
larga parte dedicada a la naturaleza jurídica del órgano. Tras la exposición de las teorías en torno a una larga parte dedicada a la naturaleza jurídica del órgano. Tras la exposición de las teorías en torno a uno de los asuntos más espinosos del
Derecho concursal continental a lo largo del siglo pasado, se realiza un intento por construir una teoría propia. Se explica la sindicatura como órgano legitimado indirectamente por la Ley para el ejercicio de una función. Desde este punto, se
analizan las relaciones del sujeto administrativo del procedimiento con el resto de los participantes (deudor y acreedores). Tras ello, y antes de entrar a analizar la posición jurídica de la sindicatura, se estudian una serie de aspectos que se
consideran presupuestos de la actividad del órgano: los ámbitos objetivos y subjetivo del desapoderamiento y los perfiles de la labor del Depositario. A continuación se estudia con detalle la configuración de las relaciones interorgánicas. Esta
parte se divide en dos:
Una primera en que se analizan, en abstracto, los distintos "modelos" de órganos en los sistemas concursales de Derecho comparado, poniendo de manifiesto sus "pros" y sus "contras".
En segundo lugar, y tomando como base crítica las conclusiones obtenidas en el apartado anterior, se estudia, individualizadamente, la relación existente entre la sindicatura y los restantes sujetos de la quiebra: los "órganos públicos" (Juez y
Comisario), los acreedores, individualmente considerados y reunidos en una Junta, y el deudor. Una vez fijados los perfiles "internos" de la actividad del órgano administrativo de la quiebra, se pasa a delimitar las características "externas" de sus
actuaciones. La sindicatura, como órgano funcional, ve sus "poderes" directamente delimitados por la finalidad -legal- que persigue. Una vez delimitado con precisión el concepto de "fin concursal", se pasa a examinar el régimen jurídico de los
actos realizados sin competencia o extralimitándose de sus "poderes".
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