|
|
|
LAS RELACIONES ENTRE DERECHO PENAL Y DERECHO ADMINISTRATIVO: LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS
FUNCIONARIOS PUBLICOS EN MATERIA DEL MEDIO AMBIENTE. Autor: MATELLANES RODRIGUEZ NURIA
PILAR. Año: 1998. Universidad: SALAMANCA. Centro de lectura: DERECHO.
Resumen: La tesis
doctoral presentada versa LA RESPONSABILIDAD PENAL de los funcionarios públicos en materia de medio ambiente. Por ser un tema vinculado a las relaciones entre Derecho Penal y Derecho Administrativo, en ella se realiza un análisis de éstas, con
especial atención a la figura de ley penal en blanco. Sobre ello, se realiza un estudio de las conductas típicas contenidas en el artículo 329 del C.P. y se concluye que se trata de un precepto en gran medida inútil, por no lograr su objetivo de
criminalizar conductas inexistentes o agravar la responsabilidad del funcionario, pues éste se cubre mediante el recurso a normas y reglas generales.# DELITO DE ESTAFA: DELIMITACION DE LOS ELEMENTOS DEL TIPO. Autor: FERNANDEZ DIAZ ALVARO. Año: 1998. Universidad: SEVILLA. Centro de lectura: DERECHO.
Resumen: El delito de estafa lesiona esencialmente el bien
jurídico del patrimonio, aunque pueda además incidir en otros intereses socioeconómicos que no son esenciales al contenido material de injusto.
De lege lata, puesto que la configuración positiva exige una determinada cuantía económica de la defraudación, para la apreciación del bien jurídico del patrimonio protegido en el tipo ha de prescindirse de las concepciones jurídica, personal y
objetivo-individual del mismo, acogiéndose una concepción mixta jurídico-económica.
De lege ferenda, se estima adecuado prescindir de un régimen formal de cuantías, y resaltar el aspecto del engaño presente en la relación bilateral, encaminado a la consecución de un beneficio económica. A fin de evitar en todo caso una
excesiva amplitud del ámbito de tutela penal, ha de reclamarse una interpretación restrictiva del tipo legal, que tome en consideración el principio de la insignificancia.
En la delimitación de la conducta típica de la estafa, resultan últiles los criterios normativos que ofrece la moderna teoría de la imputación objetiva, especialmente los postulados que se propugnan en los principios de la "creación de un riesgo
típicamente relevante" y la "realización del riesgo en el resultado".
De modo singular han de establecerse, para la concreción del tipo de estafa, los siguientes nexos típicos autónomos: la relación de riesgo entre el empleo de engaño bastante para producir error en otro y el acto de disposición patrimonal por
parte del sujeto engañado, y la conexión entre el acto de disposición patrimonial y la exigencia típica de perjuicio propio o ajeno.#
"LESIONES AL FETO" . Autor: RAMON RIBAS EDUARDO. Año: 1998. Universidad: ISLAS BALEARES. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: La protección penal de la vida y la salud
humanas, instrumentada secularemente a través de los delitos de homicidio, lesiones y aborto, se ha revelado, fundamentalmente a partir de la segunda mitad del siglo XX, insufiente. En efecto, la evolución hacia una "sociedad de riestos" ha
conducido al legislador a inplementar delitos de peligro, cuya estructura, mucho más elástica que la de los delitos de unión, posibilita una mayor eficacia preventiva en la tutela de las vidas, la salud.
De otra parte, la limitada protección del feto provocaba un vacio legal que habia convertido en necesidad la presencia de una figura que existen de un ámbito de tutela a la salud del concebido y no nacido, penalizando, por conguate, los miembros
que tuvieron como victima inicial al ser humano es tan temprana etapa de su educación vital.
Con estas "dos reformas" el sistema penal de tutela de la vida y la salud presenta una nula imagen: en una linea que recorría tres bienes jurídicos (vida independente, salud de las personas y vida no nacida), el adelantamiento a lo siguiente a
la creacion de delitos de peligro afecta unicamente a la defensa de los dos primeros, mientras la creación del delito de lesiones al feto implica que aquella primera linea se extiende, apareciendo en ella ahora cuatro bienes, pues a los tres citados
habra que sumar la salud del " ", que verá ampliado su estatuto juridico, antes reducido a la seguridad de su vida. EL COIMPUTADO . Autor: DIAZ PITA M. PAULA. Año: 1998. Universidad: SEVILLA. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: FACULTAD DE DERECHO.
Resumen: Este trabajo aborda uno de los aspectos que
presenta la presencia de una pluralidad de sujetos que intervienen enla comisión de uno o varios hechos delictivos. La posibilidad de que alguno de ellos vierta declaraciones incriminando a otro u otros ha generado uan problema´tica que se inserta
en la órbita de la "prueba cómplice", el "testigo de la Corona", el mal llamdo "arrepentido", y que poseen una innegalbe trascendencia procesal reflejada en el valor de las declaraciones inculpatorias de los coimputados en el ámbito del proceso
penal.
A pesar de poseer una vertiente penal (en la figura de la disociación-delación) en el presente trabajo se ha abordado este tema exclusivamente desde elpunto de vista procesal, analizando aspectos tales como la vitualidad de la declaración para
fundamentar el decreto de medidas cautelares personales, de la imputación material y forma de aquel conral el que se declara y, asimismo, el aspecto probatorio de la insitución, es decir, su adminsibilidad como prueba, su naturaleza jurídica, los
criterios de valoración de su credibilidad y, por útlimo, su aptitud o no para destruir el derecho de presencuón de inocencia de los sujetos acredores de las mismas. EL NUEVO DELITO DE DEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA . Autor: PARET PLANAS JOSÉ M.. Año: 1998. Universidad: BARCELONA
. Centro de lectura: DERECHO.
Resumen: En los seis capítulos que integran
el presente trabajo de investigación se aborda el estudio de los diversos problemas interpretativos que suscita la nueva regulación del delito de defraudación tributaria tipificado en el art. 305 del Código Penal español, comenzando con la
definición del marco o escenario jurídico y conceptual por el que deben discurrir las relaciones entre el Derecho Penal y el Derecho Tributario.
Una vez definido el anterior marco jurídico, que permite dar respuesta a muchas de las cuestiones controvertidas que plantea dicha figura delictiva, se analizan el tema del bien jurídico protegido en los Delitos contra la Hacienda Pública, toda
la problemática relativa a la conducta típica del art. 305 del Código Penal, las diversas posiciones doctrinales sobre el momento de la consumación, el concepto, requisitos y efectos de la regularización fiscal, y por último, se acomete el estudio
de diverdas hipótesis de concurso de normas y de delitos entre el delito de defraudación tributaria y otros tipos penales.
ESTUDIO JURIDICO SOBRE LA EUTANASIA . Autor: MORENO DE LAS HERAS DIEGO. Año: 1998. Universidad: BARCELONA. Centro de lectura: DERECHO.
Resumen: La tesis intenta responder a
estas preguntas:
- ¿Cuál es el margen de disponibilidad sobre la propia vida que corresponde al individuo?.
- ¿Quién tiene el derecho de imponer a otra persona un sufrimiento muy grave sin perspectivas de mejoría soportable?.
- ¿En qué fundamento jurídico y, dentro de qué límites pueden los otros, la Sociedad, controlar la vida del titular?.
Por ello he intentado consultar, y asumir el problema real, y a partir de ahí ver qué instrumentos jurídicos - si los hay -, pueden servirme para articular una respuesta jurídica a los interrogantes iniciales.
El estudio, su estudio, me ha permitido llegar a conclusiones fundamentales, que dada su extensión, quedan reproducidas en el texto original y resumenes diversos que se han acopañado. Y, que, dado el -- de que se dispone hace imposible su
desarrollo. PROTECCIÓN PENAL DE LA FAUNA Y FLORA EN ESPAÑA. Autor: HAVA GARCÍA ESTHER. Año: 1998. Universidad: CADIZ
. Centro de lectura: DERECHO.
Resumen: El contenido del capítulo IV del título XVI del
Código Penal, así como el artículo 2.1 f de la Ley 12/1995, de 12 de diciembre, de represión del contrabando, delimitan la materia objeto de la tesis doctoral.
En el estudio se analizan determinadas cuestiones de orden dogmático que, si bien en algunos supuestos son semejantes a las que suscitan otros delitos ambientales, provocan una problemática distinta cuando de delitos relativos a la protección
de la fauna y flora se trata. De este modo, se estudia la configuración sistemática del título XVI del Código Penal, y se trata de identificar los bienes jurídicos que en él se tutelan, todo ello con el fin de facilitar una interpretación de los
tipos protectores de especies animales y vegetales que, además de ser acorde con la letra de la ley y coherente con el resto del título en el que se ubican, sea capaz de superar el carácter meramente formal que presentan algunos de ellos sin
necesiad de obviar los principios generales que rigen el sistema penal.
Junto a lo anterior, se profundiza en aquellos aspectos dudosos que se manifiestan, como rasgos comunes, en todos los delitos relativos a la fauna y flora: la presencia de las tres formas de accesoriedad administrativa en la descripción de los
ilícitos, su posible integración por normas administrativas de carácter autonómico, el ámbito y las consecuencias jurídicas que puede tener en ellos el error de tipo o de prohibición, así como los problemas que puede tener en ellos el error de tipo
o de prohición, así como los problemas que puede plantear la constatación del dolo en estos delitos. Finalmente, se aborda la interpretación de las concretas conductas prohibidas, tomando como base las conclusiones a las que se llega en el estudio
de los temas apuntados y que, en esencia, deriva de la conceptuación del bien jurídico protegido de forma autónoma tanto en el capítulo IV del título XVI del Código Penal como en el artículo 2.1 f de la Ley de contrabando, la diversidad
biológica. LOS DELITOS DE TORTURAS Y OTROS ATENTADOS CONTRA LA INTEGRIDAD MORAL COMETIDOS POR FUNCIONARIOS
PUBLICOS. Autor: RODRIGUEZ MESA M. JOSE. Año: 1998. Universidad: CADIZ. Centro de lectura: DERECHO
.
Resumen: El objetivo esencial de este trabajo se centra
en el tratamiento dogmático de los elementos fundamentales de los articulos 174,175 y 176 del CP, en los que se tipifican las conductas constitutivas de torturas y otros atentados contra la integridad moral cometidos por funcionarios publicos.
El capitulo I está dedicado al estudio comparado de los factores que, historicamente, permitieronla existencia de la tortura como institucion legal,y de aquellos otros que contribuyen , en la actualidad, al mantenimiento de su práctica.
La existencia de distinto niveles jurídicos dirigidos a la prohibición de la tortura y el principio de unidad del ordenamiento jurídico requieren una visión integradora de las diferentes regulaciones existentes. A esta tarea se dedica el
Capitulo II, en el que pueden distinguirse dos partes, centradas respectivamente en el estudio de la protección frente a la tortura desde la optica del Derecho internacioinal y desde la perspectiva del articulo 15 de la CE.
En el capitulo III se aborda ya el estudio de la protección frente a la tortura desde la perpectiva especifica del Derecho penal. Así se analizan cuestiones generales tales como su tratamiento en algunos sistemas penales de nuestro entorno
juridico y en el Derecho penal español hasta la entrada en vigor del actual CP, o el proceso de elaboración de la regulación vigente; cuestiones que permiten una mejor comprension de la redacción final de los tipos.
Los Capitulos IV y V estan dedicados al estudio de los tipos descritos en el articulo 174: la tortura indagatoria y punitiva, y la tortura institucional. En el primero de ellos se analizan cada uno de los elementos tipicos del delito,
prestándose una especie atención a la delimitación el bien juridico protegido, la determinación del círculo de los posibles sujetos activos, y las diferencias existentes entre los numeros 1 y 2 del precepto.
En el Capitulo V se completa el estudio del articulo 174. Además de tratarse las cuestiones relativas a la exclusión o modificación de la tipicidad, antijuricidad y culpabilidad, se presta una especial atención a los especificos problemas de
autoria y participación que presenta este precepto. El capitulo termina con el tratamiento del iter criminis, de los concursos con una especial dedicacion al significado del articulo 177, y de las consecuencias juridicas.
Por último, en el capitulo VI, se analian los articulos 175 y 176 del CP. En relación al primero de ellos, dedicado a la tipificación de "otros atentados contra la integridad moral cometidos por funcionarios publicos", se trata, principalmente,
de concretar su ámbito de apliación, partiendo de una doble via: en primer lugar, mediante su delimitación respecto de las conductas tipificadas en los articulos 174 y 175, y segundo lugar, con la determinación respecto de las conductas tipificadas
en los articulos 174 y 175, y en segundo lugar, con la determinación de su contenido desde la categoria, ya conocida por el ordenamiento juridico, de los tratos degradantes. El estudio del articulo 176 comienza por el ordenamiento juridico, de los
tratos degrdantes. El estudio del articulo 176 comienza por la determinación de su naturaleza juridica y las funciones que desempeña, lo que lleva a analizar el contenido del articulo 11 del CP, a los efects de comprobar si es aplicable a los
supuestos contemplados en el articulo 176. Posteriormente se tratan cuestiones relativas a la conducta tipica, tales como el significado del verbo nuclear, o el alcance que debe darse a las expresiones "otras personas" y "los hechos previstos en los
articulos anteriores". Finalmente se tratan los problemas concursales, con especial referencia a los supuestos en los que concurren una intervención activa y otra omisiva. LA TUTELA PENAL DEL HONOR. EL NUEVO DELITO DE INJURIA . Autor: FERNÁNDEZ PALMA M. ROSA. Año: 1998. Universidad: AUTONOMA DE
BARCELONA. Centro de lectura: CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIOLOGIA.
Resumen: La primera propuesta que esta investigación
efectúa se circunscribe al examen de la estructura material de la Constitución, de sus principios y valores superiores, y de la vinculación entre aquéllos y los derechos fundamentales, siendo más tarde trasladadas las conclusiones extraidas al
ámbito singular del honor. La segunda parte del trabajo se dedica por completo al examen del párrago primero del art. 208 CP, particularizando la atención en la expresiones dignidad, fama y autoestima, con la pretensión de proceder a sus
interpretación desde los psotulados del contenido básico del derecho delimitado en la primera parte de este ejercicio. Por último, el objeto de la investigación se dirige, promovido por las novedades legales en la materia, a la proyección del
conflicto constitucional entre el honor y la libertad de expresión en la figura de la injuria del art. 208 CP, analizándose tanto los parámetros de gravedad que el legislador instaura para la calificación de la conducta delcitiva, como las pautas de
resolución, privativas de las imputaciones de hechos. LA ACTUACIÓN POR CONVICCIÓN Y DERECHO PENAL . Autor: BAICELLS LLADÓS JOAN. Año: 1998. Universidad: AUTONOMA DE
BARCELONA. Centro de lectura: CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIOLOGIA.
Resumen: La presente tesis doctoral tiene por objeto el
estudio de la llamada "delincuencia por convicción", con dos objetivos principales.
En primer lugar, analizar si existe un fundamento jurídico para el tratamiento penal privilegidado de este tipo de motivaciones.
En segundo lugar, estudiar el alcance del reconocimiento constitucional de las libertades de convicciones y conciencia como derecho objetivo y subjetivo en las distintas categorías de la "Teoría del delito" (tipicidad, antijuridicidad,
culpabicidad) y en la determinación de la pena.
Lejos de las consideraciones éticas que han caracterizado la discusión histórica, se parte de presupuestos exclusivamente jurídicos - especialmente constitucionales - para proponer no sólo una sistematiciadad útil de todo este tipo de
supuestos, sino también la aportación de criterios, para resolver la ponderación de intereses subyacente a la antiguidicidad y el juicio de inexigibilidad presente en la culpabilidad. EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD EN DERECHO PENAL. ESPECIAL CONSIDERACION DE LOS DELITOS DE
PELIGRO ABSTRACTO. Autor: AGUADO CORREA M. TERESA. Año: 1997. Universidad: SEVILLA. Centro de lectura: DERECHO
. Centro de realización: DEPARTAMENTO: DERECHO PENAL Y PROCESAL PROGRAMA DE DOCTORADO: DERECHO PENAL Y
CRIMINOLOGIA.
Resumen: En la tesis doctoral trato la
importancia de uno de los principios constitucionales que afectan al sistema penal, el principio de proporcionalidad, con una especial consideracion de la discutida categoria de los delitos de peligro abstracto. Este enfoque constitucional nos llevo
a plantearnos el reconocimiento de dicho principio en nuestro ordenamiento y en otros ordenamientos juridicos de nuestro entorno, su consagracion constitucional, su reconocimiento por el resto del ordenamiento juridico para terminar con su
importancia y vigencia en derecho penal.
Una vez sentadas estas bases abordamos la compatibilidad de los delitos de peligro con el principio de proporcionalidad en sentido amplio. Si tradicionalmente se le ha prestado atencion a la compatibilidad de los delitos de peligro abstracto con
el principio de ofensividad, desde nuestro punto de vista no acaban aqui los problemas constitucionales que plantean esta categoria plantean problemas puestos en relacion con el pplo. de idoneidad, intervencion minima y proporcionalidad en sentido
estricto. LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURIDICAS. UN ESTUDIO SOBRE EL SUJETO DEL DERECHO
PENAL. Autor: BACIGALUPO SAGGESE SILVINA. Año: 1997. Universidad: AUTONOMA DE MADRID. Centro de lectura: DERECHO
. Centro de realización: DEPARTAMENTO: DE DERECHO PUBLICO Y FILOSOFIA JURIDICA PROGRAMA DE DOCTORADO: DE
DERECHO PENAL.
Resumen: La tesis central que se sostiene en esta
investigación se refiere a que la elección de una determinada idea de sujeto condiciona los conceptos y las soluciones dogmáticas de la teoría del delito. En este sentido, la responsabilidad penal de las personas jurídicas se ha negado
fundamentalmente por tres razones: la falta de capacidad de acción, la falta de capacidad de culpabilidad y la inadecuación de la pena privativa de libertad de las personas jurídicas. Estos tres conceptos dogmáticos responden en la teoría del delito
actual a una idea de sujeto del Derecho penal encarnado por el individuo. Por ello, las categorías dogmáticas se encuentran elaboradas a partir de dicha idea del sujeto.
De ahí que la responsabilidad penal de las personas jurídicas no pueda tener solución dentro de dicho contexto. Por el contrario, la discusión en torno a la persona jurídica no puede plantearse hoy como una discusión sobre dichas categorías
dogmáticas, sino que debe presentarse como una discusión sobre la teoría del sujeto del Derecho penal. Desde esta perspectiva, es posible que el sujeto del Derecho penal sea reelaborado y pueda abarcar también un sujeto colectivo, permitiendo así
dar respuesta a nuevas conductas delictivas, cuya realización es percibida por la sociedad como comportamientos que requieren la aplicación de penas criminales. EL NARCOTRAFICO INTERNACIONAL: SU ESTRUCTURA Y ESCENARIO GEOGRAFICO. Autor: ESPINAZO GARCIA JUAN. Año: 1997. Universidad: COMPLUTENSE DE MADRID. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: DEPARTAMENTO: DERECHO PENAL PROGRAMA DE DOCTORADO: ESTUDIOS DE DERECHO PENAL.
Resumen: DISEÑO: Contenidos: Introducción. Indice general.
Análisis geoestructural del narcotráfico internacional.
Anexo gráfico. Consideraciones finales. Análisis de la situación actual. Dificultades para conseguir una solución. Propuesta de una solución parcial.
FINES: Ofrecer una visión global del tráfico de narcóticos en una doble dimensión: geográfica y estructural.
FUNDAMENTO: Literatura científica.
METODO: Selección de las fuentes informativas. Catálogo de temas nucleares.
Evolución de su veracidad. Análisis de sus contenidos.
Síntesis.
Conclusiones finales y propuesta de una solución parcial.
ELEMENTOS: Básicos (núcleo del análisis) empíricos (estadísticos, cuadros gráficos y específicos (esquema y radiografías sindicatos crimen organizados).
DIMENSION INTENCIONADA: Polarizada hacia la praxis educativa con criterios de utilidad práctica.
Contempla el funcionamiento de la industria cocaínica como empresa ilegal. LOS DELITOS SOCIETARIOS EN EL CODIGO PENAL ESPAÑOL. Autor: FERNANDEZ TERUELO JAVIER GUSTAVO. Año: 1997. Universidad: OVIEDO. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: DEPARTAMENTO: CIENCIAS JURIDICAS BASICAS PROGRAMA DE DOCTORADO: ANALISIS CRITICO DE ALGUNAS INSTITUCIONES JURIDICO
POSITIVAS.
Resumen: En el presente trabajo se estudia el contenido y
significado de los delitos societarios contenidos en el Código Penal español (arts. 290, 291, 292, 293, 294, 295, 296 y 297). El estudio se divide en tres partes. En la primera de ellas, se hace una exposición acerca de los elementos y
características más relevantes del Derecho penal económico, así como del Derecho penal de la empresa.
En una segunda parte, se analizan una serie de cuestiones que son comunes a todos y cada uno de los delitos societarios (Sujeto activo común, concepto de sociedad a efectos de los delitos societarios, bien jurídico común, requisitos de
procedibilidad y valoración del recurso al peligro en la tipificación de estos delitos).
En la tercera parte del trabajo se analizan desde un punto de vista jurídico-penal cada una de las concretas figuras delictivas: a) Delito de falsedades en la información social (art. 290 CP): En este artículo se sanciona penalmente al
administrador que falsea determinados documentos sociales y lo hace de un modo idóneo para causar un perjuicio a la sociedad, a los socios o a un tercero. b) Delito de imposición de acuerdos sociales abusivos (art. 291): A través de esta figura
delictiva se habilita la intervención penal en el ámbito de las relaciones sociales internas para limitar, mediante la prohibición penal, la adopción de determinados acuerdos por parte de un grupo mayoritario en la Junta de accionistas o en el
órgano de administración. c) Delito de imposición de acuerdos sociales lesivos (art. 292 CP): El art. 292 disciplina la imposición de acuerdos por parte de una mayoría obtenida de forma irregular, a través de una serie de medios parcialmente
predeterminados en el tipo. d) Delito de lesión de derechos sociales (art. 293): Se incluye un precepto dirigido a reprimir los excesos de poder de los administradores, manifestados a través de la obstaculización del ejercicio de concretos derechos
inherentes a la condición de socio. e) Delito de obstrucción de las labores de control administrativo (art. 294): El precepto sanciona a los administradores de las sociedades sometidas o que actúen en mercados sujetos a supervisión administrativa,
que nieguen o impidan la actuación de los órganos inspectores o supervisores. f) Delito de administración desleal (art. 295): A través del art. 295 se pretende reprimir las conductas desleales llevadas a cabo por los sujetos encargados de la
gestión social cuando, abusando de la ventaja que les proporciona el cargo, y actuando en beneficio propio o ajeno, causen un perjuicio patrimonial a la sociedad. El trabajo se culmina con unas breves conclusiones, que son fruto de todo el estudio
realizado. LA PROTECCION JURIDICA DEL DOMICILIO EN DERECHO ESPAÑOL. Autor: FIGUEROA NAVARRO CARMEN. Año: 1997. Universidad: ALCALA. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: DEPARTAMENTO: FUNDAMENTOS DEL DERECHO Y DERECHO PENAL PROGRAMA DE DOCTORADO: PROBLEMAS BASICOS DEL DERECHO Y DERECHO
PENAL.
Resumen: La inviolabilidad del domicilio no es solo un
derecho que la CE declara como fundamental en su articulo 18.2, con todas las consecuencias que ello comporta, sino que, a su vez, tiene una incidencia directa en otras ramas de nuestro ordenamiento jurídico. Así, la Ley Procesal Penal establece
toda una serie de criterios de legitimación en la entrada y registro del domicilio ajeno, provocando su inobservancia la declaración de nulidad de las pruebas así obtenidas por violentar un derecho fundamental.
Asimismo, las entradas no consentidas en aquellos por sus titulares conlleva una sanción penal, protegiéndose los ataques injustificados en la morada, tanto frente a particulares cuanto frente a los funcionarios públicos. A su vez, la
Administración, si bien podrá proceder a la ejecución forzosa de sus actos a través de sus órganos, cuando ello implique la necesidad de entrar en un domicilio, deberá contar con el respaldo de la autorización judicial. LA RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADMINISTRADOR DE HECHO DE LA EMPRESA: CRITERIOS DE IMPUTACION.
Autor: GARCIA CAVERO PERCY. Año: 1997. Universidad: NAVARRA. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: DEPARTAMENTO: DERECHO PENAL PROGRAMA DE DOCTORADO: DERECHO.
Resumen: La tesis doctoral aborda la responsabilidad penal
del administrador de hecho de la empresa en el nuevo Código penal español. Proporciona criterios de imputación de responsabilidad penal desde una perspectiva funcionalista del Derecho penal. En este sentido, se parte de la función que cumple el
Derecho penal en la economía y de la relevancia de la empresa en este sector. La imposibilidad de aplicar sanciones estrictamente penales a la unidad empresarial, obliga a imputar la responsabilidad penal a sus órganos. En este ámbito el
administrador de la empresa tiene un papel determinante.
Sin embargo, no siempre existe un administrador formalmente nombrado, por lo que será necesario imputar responsabilidad penal a quienes asumen prácticamente este cargo. En este trabajo se determina en qué delitos el administrador de hecho
responde como un administrador de derecho. LA DROGODEPENDENCIA Y SU RELACION CON LA DELINCUENCIA Y LA JUSTICIA PENAL. Autor: GARCIA GARCIA JULIAN. Año: 1997. Universidad: COMPLUTENSE DE MADRID. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: DEPARTAMENTO: DERECHO PENAL PROGRAMA DE DOCTORADO: ESTUDIOS DE DERECHO PENAL.
Resumen: La presente investigación tiene como objeto la
drogodependencia y su relación con la delincuencia y la Justicia penal. El delincuente toxicómano constituye una realidad compleja y problemática en la sociedad actual que justifica, sobradamente, una amplia labor de investigación en torno a tres
temas fundamentales: 1) Naturaleza de la relación entre abuso de drogas y conducta delictiva; 2) Imputabilidad de las personas que cometen hechos delictivos bajo la influencia de drogas; 3) Tratamiento de los reclusos drogodependientes. A estas tres
cuestiones pretende dar respuesta cada una de las partes en que se estructura la obra que, siguiendo una aproximación multidisciplinar, ofrece un análisis de los temas más controvertidos y una serie de conclusiones con el fin de servir de utilidad
en orden a una intervención racional sobre los delincuentes toxicómanos, tanto en el ámbito estrictamente penal como penitenciario. Además del estudio de la regulación que presenta el Código penal de 1995 en materia de causas de inimputabilidad y
medidas de seguridad, se han utilizado como fuentes de datos y valoraciones una amplia revisión de la literatura científica y de la Jurisprudencia, así como trabajos de campo realizados por nosotros mismos. TEORIA DE LA CODELINCUENCIA: PROYECCION EN LOS DELITOS COMETIDOS A TRAVES DE LOS MEDIOS DE
COMUNICACION DE MASAS. Autor: GOMEZ TOMILLO MANUEL. Año: 1997. Universidad: VALLADOLID. Centro de lectura: DERECHO
. Centro de realización: DEPARTAMENTO: DERECHO PENAL Y ESTUDIOS PENALES PROGRAMA DE DOCTORADO: ASPECTOS
ESENCIALES DE LA PARTE GENERAL DEL DERECHO PENAL.
Resumen: La tesis doctoral incide en el estudio de la responsabilidad criminal por delitos cometidos a través de los medios de comunicación de masas. En la misma es posible detectar tres partes diferenciadas. A) un estudio histórico
centrado en el origen de la estructura escalonada tradicional en el sistema español. Se complementa con el análisis de los diferentes sistemas existentes en los países de nuestro entorno.
B) estudio crítico del derecho positivo español plasmado en el artículo 30 del Código Penal de 1.995. C) propuestas de política criminal sobre la base de la información proporcionada por los capítulos anteriores. RESPONSABILIDAD PENAL POR EFECTOS NOCIVOS EN EL USO Y CONSUMO DE PRODUCTOS. CRITERIOS DE
IMPUTACION. Autor: IÑIGO CORROZA M. ELENA. Año: 1997. Universidad: NAVARRA. Centro de lectura: DERECHO
. Centro de realización: DEPARTAMENTO: DERECHO PENAL PROGRAMA DE DOCTORADO: DERECHO.
Resumen: En este trabajo se pretende, tomando como punto
de referencia la moderna "sociedad de riesgo", establecer criterios que permitan la imputación de responsabilidad penal en los supuestos de lesiones o muertes causadas por productos defectuosos.
Desde la visión funcionalista del Derecho penal como hilo conductor, se ha trazado un modelo metodológico de análisis, partiendo de casos conocidos y tomando como criterio diferenciador el principio básico de imputación objetiva: creación de un
riesgo jurídicamente desvalorado y realización de éste en el resultado.
En este trabajo se analizan las distintas conductas creadoras de riesgos prohibidos tanto por parte de operadores económicos que introducen en el mercado productos defectuosos, como de terceros intervinientes en esta actividad, como, de manera
especial, la propia víctima.
Se pretende proporcionar criterios que sirvan para aportar elementos de juicio a los aplicadores del Derecho, teniendo en cuenta la distribución de los deberes y competencias de los sujetos intervinientes en el sector de los productos desde el
punto de vista de la posición jurídica que ocupan. LA INTERVENCION PENAL FRENTE A LA XENOFOBIA. PROBLEMATICA GENERAL CON ESPECIAL REFERENCIA AL
"DELITO DE PROVOCACION" DEL ARTICULO 510 DEL CODIGO PENAL. Autor: LANDA GOROSTIZA JON
MIRENA. Año: 1997. Universidad: PAIS VASCO. Centro de lectura: DERECHO. Centro de realización: DEPARTAMENTO: DERECHO
PUBLICO PROGRAMA DE DOCTORADO: TEMAS DE DERECHO PUBLICO.
Resumen: Las nuevas olas de racismo y
xenofobia en el mundo occidental, y en particular entre nosotros, manifestadas en el rechazo al extranjero y al denominado "inmigrante económico" han contribuido a reavivar el debate sobre la necesidad de intervención penal frente a conductas de
esta naturaleza. Para diseñar, no obstante, de forma adecuada una política criminal antixenófoba debe comenzarse por una clarificación y delimitación de los términos de referencia: a saber, de lo que haya de entenderse por racismo y xenofobia. El
primer capítulo de la investigación se destina a tal fin y enlaza con el segundo que se ocupa de otro fenómeno, diferenciado pero interrelacionado, como es la discriminación. Los diferentes instrumentos internacionales que se regulan mecanismos
antixenófobos apuntan precisamente a figuras penales que, impulsadas también por las instituciones europeas han venido siendo incorporadas a los ordenamientos penales de los países más significativos de nuestro ámbito jurídico. Por ello se dedica un
extenso espacio al estudio del derecho comparado en la materia, tanto entre los Estados del círculo anglosajón, germánico como latino. Finalmente los dos últimos apartados aspiran a valorar la bondad de la opción político-criminal del legislador
español en la breve historia legislativa de esta materia hasta su reciente regulación en el Código Penal de 1995. A la luz de la importancia del delito de provocación del artículo 510, se dedica la parte final a un estudio monográfico del mismo con
la pretensión, a su vez, de derivar criterios interpretativos para el conjunto de la regulación penal antixenófoba.
|
|
|